Item CR-AN-AH-CA-001087 - Superior Despacho. Dispone que desde el 1º de enero de 1782 se cobre el 4 por ciento en vez del 3 por ciento de derecho de alcabala en todas las administraciones del reino, y que cese la exacción de alcabala sobre reventas de las tiendas de mercancía.
Superior Despacho. Dispone que desde el 1º de enero de 1782 se cobre el 4 por ciento en vez del 3 por ciento de derecho de alcabala en todas las administraciones del reino, y que cese la exacción de alcabala sobre reventas de las tiendas de mercancía.