Área de identidad
Código de referencia
CR AN CR-AN-AH-AL-008478
Título
Reclamación por daños y perjucios que presento al Poder Ejecutivo don José Bringas contra la Sala de Tercera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, por haber dado una sentencia contra Derecho. Pasada al conocimiento del Gran Consejo de Estado de la República de Costa Rica, el Consejero don Anselmo González, encargado de levantar la sumaria respectiva, devolvio al Gran Consejo el escrito de acusación en consulta, por no haber el interesado rendido previamente la fianza de calumnia; y dicho Consejo en su plenitud de miembros, por unanimidad de votos resolvió: que cuando el acusador cumpliera con lo prescrito en los artículos 751, 752 y 753 del Código de Procedimientos, se proveria lo conveniente en lo principal. No aparece otro trámite.
Fecha(s)
- 1877-04-14 - 1877-08-07 (Creación)
Nivel de descripción
Unidad documental simple
Volumen y soporte
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Valorización, destrucción y programación
Acumulaciones
Sistema de arreglo
Área de condiciones de acceso y uso
Condiciones de acceso
Condiciones
Idioma del material
Escritura del material
Notas sobre las lenguas y escrituras
Características físicas y requisitos técnicos
Instrumentos de descripción
Área de materiales relacionados
Existencia y localización de originales
Existencia y localización de copias
Unidades de descripción relacionadas
Área de notas
Notas
Notas: Contien cinco fojas útiles.
Identificador/es alternativo(os)
Puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Puntos de acceso por autoridad
Tipo de puntos de acceso
Área de control de la descripción
Identificador de la descripción
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación revisión eliminación
15/10/2001
Idioma(s)
Escritura(s)
Fuentes
Nota del archivista
JLZS