- CR AN CR-AN-AH-AL-000470
- Pièce
- 1826-05-12 - 1826-05-24
Título: Dos proyectos de decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, el 1º estableciendo fiestas cívicas anuales en las cuatro ciudades principiantes y pueblos de Nicoya, Esparza y Térraba donde confina el Estado Dispone que en cada uno de ellos haya una misa solemne y funciones de plaza, teatro y otra diversión pública, lo primero a cargo del Párroco y lo segundo del de la municipalidad, y señalando los días en que dichas fiestas se verificarán en cada una de las poblaciones referidas. El 2º decreto se refiere a las procesiones que se hacen fuera del templo, que deberán ser con licencia y consentimiento de las respectivas municipalidades, que cuidarán del ornato y decencia etc, e impedirán las procesiones que se promuevan por antojo y sin fondos para cubrir los gastos, cuidando también de que no se omitan por pretexto alguno, las que representan los principales misterios de la religión, proveyendo con anuencia del Cura lo necesario a su celebridad. El Consejo devolvió sin sanción los dos decretos, observando que ambos no dicen de qué fondos dispondrán las respectivas municipalidades para las funciones de plaza, de las fiestas cívicas y para proveer lo concerniente y necesario a la celebridad de las fiestas con que la iglesia representa los principales misterios de la religión; por lo demás los decretos los encuentra justos y arreglados
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