Unidad documental simple CR-AN-AH-AL-008465 - Dictamen de la comisión respectiva del Gran Consejo Nacional de la República de Costa Rica, acerca de la consulta, que por el intermedio del señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, Doctor don Rafael Machado hace el Resgistrador de la Propiedad relativa a la inscripción de títulos antiguos, y a la personería de las Municipalidades de los cantones menores para enajenar los bienes comunes, el cual la comisión es de parecer que los títulos primordiales antiguos legitimamente expedidos son dignos de entera fé, así en cuanto a las calidades de los otorgantes, como respecto de la naturaleza, situación, medida y deben ser inscritos, de preferencia a títulos posesorios de terceros, lo que está apoyado por la segunda parte del artículo 18, de la Ley Hipotecaria, que permite en cualquier tiempo la presentación del título anterior correspondiente, y solo en defecto de éste autoriza las inscripciones mediante información posesoría; y que las Municipalidades tienen la necesaria personería para ser represe

Área de identidad

Código de referencia

CR AN CR-AN-AH-AL-008465

Título

Dictamen de la comisión respectiva del Gran Consejo Nacional de la República de Costa Rica, acerca de la consulta, que por el intermedio del señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, Doctor don Rafael Machado hace el Resgistrador de la Propiedad relativa a la inscripción de títulos antiguos, y a la personería de las Municipalidades de los cantones menores para enajenar los bienes comunes, el cual la comisión es de parecer que los títulos primordiales antiguos legitimamente expedidos son dignos de entera fé, así en cuanto a las calidades de los otorgantes, como respecto de la naturaleza, situación, medida y deben ser inscritos, de preferencia a títulos posesorios de terceros, lo que está apoyado por la segunda parte del artículo 18, de la Ley Hipotecaria, que permite en cualquier tiempo la presentación del título anterior correspondiente, y solo en defecto de éste autoriza las inscripciones mediante información posesoría; y que las Municipalidades tienen la necesaria personería para ser represe

Fecha(s)

  • 1878-10-02 - 1878-10-08 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

Área de contexto

Nombre del productor

Historia biográfica

Institución archivística

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Título: Dictamen de la comisión respectiva del Gran Consejo Nacional de la República de Costa Rica, acerca de la consulta, que por el intermedio del señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, Doctor don Rafael Machado hace el Resgistrador de la Propiedad relativa a la inscripción de títulos antiguos, y a la personería de las Municipalidades de los cantones menores para enajenar los bienes comunes, el cual la comisión es de parecer que los títulos primordiales antiguos legitimamente expedidos son dignos de entera fé, así en cuanto a las calidades de los otorgantes, como respecto de la naturaleza, situación, medida y deben ser inscritos, de preferencia a títulos posesorios de terceros, lo que está apoyado por la segunda parte del artículo 18, de la Ley Hipotecaria, que permite en cualquier tiempo la presentación del título anterior correspondiente, y solo en defecto de éste autoriza las inscripciones mediante información posesoría; y que las Municipalidades tienen la necesaria personería para ser representadas por el Regidor Fiscal en todos los asuntos en que se hallen interesados los bienes y fondos de los respectivos Municipios, según el artículo 2, de la Ley de 16 de Diciembre de 1876; y que en cuanto a la liquidación y división de sus bienes y fondos comunes, es un asunto propio y exclusivo de las Corporaciones Municipales interesadas. Leido y discutido tal dictamen fué aprobado en todas sus partes, acordándose devolver al Poder Ejecutivo la consulta que lo motivó, adjuntándose copia autorizada del mismo. No aparece más trámite.

Valorización, destrucción y programación

Acumulaciones

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Condiciones

Idioma del material

Escritura del material

Notas sobre las lenguas y escrituras

Características físicas y requisitos técnicos

Instrumentos de descripción

Área de materiales relacionados

Existencia y localización de originales

Existencia y localización de copias

Unidades de descripción relacionadas

Descripciones relacionadas

Área de notas

Notas

Notas: Contiene seis fojas útiles.

Identificador/es alternativo(os)

Puntos de acceso

Puntos de acceso por materia

Puntos de acceso por lugar

Puntos de acceso por autoridad

Tipo de puntos de acceso

Área de control de la descripción

Identificador de la descripción

Identificador de la institución

Reglas y/o convenciones usadas

Estado de elaboración

Nivel de detalle

Fechas de creación revisión eliminación

29/10/2001

Idioma(s)

Escritura(s)

Fuentes

Nota del archivista

JLZS

Área de Ingreso

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