item CR-AN-AH-CA-000602 - Bando del Gobernador Juan Fernández de Bobadilla en que reitera la prohibición de fabricar aguardiente de caña, así como la de exportarlo a las otras provincias del reino, por cuanto tiene noticia de que esto se ha estado haciendo a la de Nicoya. Los contraventores, si fuesen españoles -raza blanca- serán castigados con la pérdida de sus bienes favor del real erario y diez años de destierro al Castillo de San Cristóbal de la Habana a ración y sin sueldo; si no fueran españoles -es decir gentes de color- sufrirán las mismas penas de pérdida de bienes y destierro -esta última por cinco años y más la de 200 azotes por las calles públicas-. Los reincidentes serán desterrados por toda su vida a uno de los presidios de Orán. Todo lo cual es conforme con lo mandado por la Audiencia de Guatemala

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CR AN CR-AN-AH-CA-000602

Título

Bando del Gobernador Juan Fernández de Bobadilla en que reitera la prohibición de fabricar aguardiente de caña, así como la de exportarlo a las otras provincias del reino, por cuanto tiene noticia de que esto se ha estado haciendo a la de Nicoya. Los contraventores, si fuesen españoles -raza blanca- serán castigados con la pérdida de sus bienes favor del real erario y diez años de destierro al Castillo de San Cristóbal de la Habana a ración y sin sueldo; si no fueran españoles -es decir gentes de color- sufrirán las mismas penas de pérdida de bienes y destierro -esta última por cinco años y más la de 200 azotes por las calles públicas-. Los reincidentes serán desterrados por toda su vida a uno de los presidios de Orán. Todo lo cual es conforme con lo mandado por la Audiencia de Guatemala

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  • 1773-12-22 - ? (Creación)

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Título: Bando del Gobernador Juan Fernández de Bobadilla en que reitera la prohibición de fabricar aguardiente de caña, así como la de exportarlo a las otras provincias del reino, por cuanto tiene noticia de que esto se ha estado haciendo a la de Nicoya. Los contraventores, si fuesen españoles -raza blanca- serán castigados con la pérdida de sus bienes favor del real erario y diez años de destierro al Castillo de San Cristóbal de la Habana a ración y sin sueldo; si no fueran españoles -es decir gentes de color- sufrirán las mismas penas de pérdida de bienes y destierro -esta última por cinco años y más la de 200 azotes por las calles públicas-. Los reincidentes serán desterrados por toda su vida a uno de los presidios de Orán. Todo lo cual es conforme con lo mandado por la Audiencia de Guatemala

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