Pièce CR-AN-AH-CA-001027 - Auto del Gobernador Ayala. En virtud de una certificación expedida el 18 de noviembre de 1811 por el Escribano de Cámara de lo Civil de la Audiencia de Guatemala, a pedimento del Procurador General de Pobres, ordena a los jueces de la provincia que fijen en las salas del cabildo copias de los capítulos 14, 15 y 16 de los aranceles impresos y aprobados por Su Majestad a que deben ajustarse los alcaldes de las cárceles, por cuanto éstos no los observan
Auto del Gobernador Ayala. En virtud de una certificación expedida el 18 de noviembre de 1811 por el Escribano de Cámara de lo Civil de la Audiencia de Guatemala, a pedimento del Procurador General de Pobres, ordena a los jueces de la provincia que fijen en las salas del cabildo copias de los capítulos 14, 15 y 16 de los aranceles impresos y aprobados por Su Majestad a que deben ajustarse los alcaldes de las cárceles, por cuanto éstos no los observan