Solicitud del Teniente Coronel Antonio Pinto dirigida a la Asamblea Constitucional del Estado, pidiendo que en consideración a sus servicios prestados tanto en lo militar como en destino municipales, y para poder atender mejor a su negocio de comercio y evitar la ruina de sus intereses, se le conceda la gracia por algún tiempo de librarse de cargas consejiles. La Comisión de Justicia en su dictamen opina se conceda al Pinto exención por cinco años de cargas consejiles, atendiendo a los méritos contraídos por el peticionario por sus servicios al Estado y para excitar en los demás la voluntad de hacerlo