Rapports

Real Provisión al Gobernador y Alcalde de Cartago para el cumplimiento de las Reales Cédulas de 12 de diciembre de 1619 y 23 de febrero de 1626 en que se dan instrucciones para la provisión de puestos. Se preferirá a naturales, hijos y nietos de conquistadores y a pobladores. No serán electos los parientes dentro del 4º grado, criados, familiares ni allegados de los encargados de hacer los nombramientos, etc.

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