Proyecto de la Secretaría de Fomento para que se autorice la reforma del artículo 8 de la Ley N°30 de 8 de octubre de 1931 autorizando al Banco Nacional de Seguros para que de sus utilidades destien el 15, el que pondrá a la orden de la Secretaría de Fomento para el mantenimiento de caminos de tierra y de las carreteras que construya la Junta creada por el artículo 4 de esta ley citada