Proyecto de decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, creando en el mismo un establecimiento donde se recojan todos los infectos del mal de lázaro, manteniéndolos en el orden más conveniente para cortas los progresos de la enfermedad, precaver su contagio y curarla si fuese posible; con tal objeto se destina todos los fondos que existen de legados y limosnas pías para el Hospital de San Juan de dios y los demás que se decreten contiene disposiciones sobre el sitio apropiado para el establecimiento, plano y reglamento acomodado a la institución, los cuales deben someterse a la aprobación de la Asamblea El Consejo devolvió el decreto sin sanción y visto el informe dado por el Gobierno observa que sin duda el decreto es de la mayor importancia, por cuya razón el Consejo no tendrá embarazo en darle la sanción; pero como los fondos que destina para sostener el establecimiento son los que pertenecen al Hospital San Juan de dios, considera que no debe destruirse éste para formar el Lazareto, sino arbitrar fo