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"Proposición y Proyecto de Ley, presentado por el Poder Ejecutivo, al Gran Consejo Nacional de la República de Costa Rica, por el intermedio del señor Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Comercio, don Salvador Lara, referente a interpretación de la Ley No. 13 de 22 de Diciembre de 1877, sobre depósitos judiciales; y Decreto No. 6, del Gran Consejo Nacional, por el que se declara: ""que los Jueces de Primera Instancia procederán de oficio y bajo su más extricta responsabilidad a ordenar por los trámites más breves establecidos en Derecho, el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No. 13, de 22 de Diciembre de 1877, sobre depósitos judiciales. El Decreto emitido lleva la fecha del seis de Noviembre de mil ochocientos setenta y ocho, y la sanción del Poder Ejecutivo."

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