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Proposición y Proyecto de Ley iniciado ante el Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, por el diputado Presidente don Manuel Antonio Bonilla referente a conceder una subvensión al Párroco de Curridabat. Leidos por segunda vez se pasaron a la Comisión del Culto, la que dió su dictamen favorablemente; y en consecuencia, el Congreso emitió su Decreto No. 10, del veintidós de Mayo de mil ochocientos setenta y seis, que lleva la sanción del Poder Ejecutivo, el cual se subvenciona el Curato de Curridabat con la suma de treinta pesos mensuales que serán satisfechos del Tesoro Público al sacerdote que lo desempeñe, y siempre que tenga su residencia en dicha Parroquia.

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