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Proposición y Proyecto de Ley, emitido por el Poder Ejecutivo, por el intermedio del señor Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Comercio, Doctor don Miguel Macaya , a la Comisión Permanente del Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, referente a derogar el artículo 89, Sección 1a. del Reglamento de Hacienda y reformar el 82 del mismo. Pasada a estudio de la comisión respectiva, ésta dio su dictamen y presentó un Proyecto de Ley, que discutido en terder debate se aprobó en general y en detalle, en los términos que constan del acta correspondiente; y en consecuencia, la Comisión Permanente del Congreso, emitió el Decreto No. 5, que aparece con la sanción del Poder Ejecutivo, por la cual se dispone: que en todos los casos en que el Juez de Hacienda Nacional tenga que separarse legalmente del conocimiento de alguno de los asuntos de su competencia, le subrogorá el Inspector de Tesorerias Subalternas, quién sustanciará y fenecerá por sí solo las causas que se le cometan sin intervención

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