Proposición del Diputado Manuel Aguilar para que se dicte una ley determinando las penas aplicables a los Diputados que sin justa causa rehusen concurrir a las sesiones Dictamen de la Comisión de Constitución y proyecto de ley en que se dispone que el Diputado que dejare de asístir a las sesiones sin permiso, sea requerido por primera vez, si esto no bastase se le emplazará por segunda vez, comunicándole con una multa de cincuenta a quinientos pesos, y si a pesar de esto rehusase concurrir, se le declarará incurso en la multa y además será depuesto y declarado indigno de la confianza pública