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Proposición del Diputado Braulio Carrillo suscrita por otros dos diputados, de fecha 16 de marzo de 1827, proponiendo a la Asamblea la reforma del Artículo 74 de la Constitución del Estado que trata de la aprobación de las leyes y decretos por la Asamblea a pesar de haberlas negado la sanción el Consejo; la del inciso 13 del Artículo 82 que concede ilimitadas facultades al Ejecutivo en ciertos casos; la del Artículo 88 dándole nueva organización a la Corte Superior de Justicia; y además, que se establezca un indulto especial al cerrarse cada año las sesiones de la Asamblea, en favor del que designe la suerte de los reos que merezcan pena grave corporal En la proposición se expresan las reformas que deben hacerse a los artículos constitucionales referidos y las razones que hay para ello Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y de Legislación, oponiéndose a las reformas del Artículo 74 y del inciso 13 del 82, lo mismo que al indulto propuesto, y en favor de la reforma del artículo 88

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