Proposición del Poder Ejecutivo, a la Comisión Permanente del Congreso de la República de Costa Rica, para que se le autorice a emitir trescientos mil pesos en billetes privilegiados hecha por el intermedio del señor Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Comercio, don Braulio Morales. Pasada a dictamen de la comisión respectiva, se dió favorablemente, presentándose un Proyecto de Ley al respecto, que habiéndose discutido en segundo debate, por el tercero, se emitió el Decreto No. 11, de fecha tres de Marzo de mil ochocientos setenta y seis, que tiene la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se autoriza al Gobierno a emitir hasta la cantidad de trescientos mil pesos en los mismos billetes que puso en circulación a virtud del Decreto de 5 de Abril de 1873, artículo 1º, se fija el interes que devengarán y sus privilegios, y la manera de amortizarlos.