Poder da Juan Francisco Bonilla, Depositario general y Alcalde, a José Tomás de Zelaya, Abogado de la Real Audiencia, para que le defienda la jurisdicción Real que obtiene contra el Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico y Cura, por la jurisdicción y conocimiento que ha querido tomarse en la causa temporal contra legos que ha tenido incoada desde 1793