Observación presentada a la Asamblea del Estado por el Diputado Manuel Aguilar, manifestando que el Ejecutivo viola el Artículo 82 de la Ley Fundamental en cuanto al nombramiento de empleados se refiere, y manifiesta que así como nombra empleados sin llenar los requisitos legales, tal corruptela podría llegar hasta el nombramiento de diputados. El Ejecutivo a quien se pide informe manifiesta que si ha procedido al nombramiento de empleados sin cumplir lo prescrito por la Ley Fundamental, ha sido en casos excepcionales, cuando la urgencia del nombramiento no ha permitido llenar todas las formalidades, y que los temores del diputado Aguilar son infundados en cuanto al nombramiento de representantes, puesto que estos son de elección popular. Este dictamen pasa a la Comisión de Constitución y esta da por legales las razones del Ejecutivo, y ordena se mande archivar el negocio. La Asamblea aprueba el dictamen con fecha 20 de abril de 1831