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Municipal Escazú. La municipalidad de San Miguel de Escazú acusa recibo al Jefe Político Superior de un decreto enviado por él, en el cual comunica que luego de que las legislaturas de los estados hayan divido su población conforme el artículo 23 de la Ley Fundamental, las municipalidades, bajo las Órdenes de los Jefes Políticos, harán por primera vez el registro de los ciudadanos que deben componer las juntas populares

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