Zone d'identification
Cote
CR AN CR-AN-AH-MU-000490
Titre
Matina. José María Cañas. 1º Se multará con un peso a los que no limpien sus solares. 2º Los dueños de animales los tendrán aislados para que no hagan daño. 3º Ningún vecino alimentará a hombres vagos. 4º Pagarán multa de 3 a 6 pesos los vecinos que no tengan para el último de octubre siembras de maíz, frijoles o arroz. 5º Los vecinos que no tengan sus casas contruídas el último de octubre se les multará con 5 pesos. 6º La venta de aguardiente debe ser un una casa contigua a la Comandancia. 7º Este licor se venderá solo en días feriados y hasta las 9 de la noche. En días de trabajo de 6 de la tarde a 9 de la noche. 8º Perderá el arma el vecino que entre armado al expendio de aguardiente. 9º El que fíe licor o lo de sobre prenda perderá el docle de lo que dio
Date(s)
- 1840-08-28 (Création/Production)
Niveau de description
Pièce
Étendue matérielle et support
1 unidad, 11.8MB; Papel, Digital.