Mostrando 2135587 resultados

Descripción archivística
Sólo las descripciones de nivel superior Archivo Nacional



Imprimir vista previa Ver :

19561 resultados con objetos digitales Muestra los resultados con objetos digitales

Proposición del Diputado Félix Romero, manifestando que por estar ya concluido el proyecto de Constitución, pide que dé preferencia a otros asuntos y se dé el decreto de convocatoria a la Legislatura ordinaria Dictamen y proyecto de ley de la Comisión de Constitución en que se señala el día en que se reunirán en San José los Diputados de la primera legislatura ordinaria y contiene varias disposiciones sobre la manera de practicar las elecciones, las calidades que deben tener los electos, tanto para diputados, como para el Jefes y 2º Jefe del Estado, individuos de la Corte Superior de Justicia y del Consejo El actual Congreso Constituyente no se disolverá hasta que se instale la nueva legislatura Los individuos electos para los otros Supremos Poderes del Estado y los empleados de nombramiento del Gobierno, no podrán ser Diputados

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000123
  • Unidad documental simple
  • 1825-01-05 - ?

Título: Proposición del Diputado Félix Romero, manifestando que por estar ya concluido el proyecto de Constitución, pide que dé preferencia a otros asuntos y se dé el decreto de convocatoria a la Legislatura ordinaria Dictamen y proyecto de ley de la Comisión de Constitución en que se señala el día en que se reunirán en San José los Diputados de la primera legislatura ordinaria y contiene varias disposiciones sobre la manera de practicar las elecciones, las calidades que deben tener los electos, tanto para diputados, como para el Jefes y 2º Jefe del Estado, individuos de la Corte Superior de Justicia y del Consejo El actual Congreso Constituyente no se disolverá hasta que se instale la nueva legislatura Los individuos electos para los otros Supremos Poderes del Estado y los empleados de nombramiento del Gobierno, no podrán ser Diputados

Asamblea Legislativa, Congreso

Exposición del Jefe del Estado al Congreso Constituyente haciéndole presente la necesidad y resolución en que está de enviar una tropa, a modo de cordón sanitario, a la frontera de Nicaragua con el objeto de impedir que a causa de las perturbaciones políticas de aquel Estado se vengan a éste algunos de los individuos complicados en ellas a propagar el germen de la discordia y de la resolución que para llevar a cabo aquella medida es indispensable arbitrar fondos en cantidad de dos mil quinientos pesos, no teniendo las Cajas del Estado ni aún para sus gastos ordinarios La Comisión de Guerra dictaminó que debía aprobarse la medida propuesta por el Jefe del Estado, y que no habiendo caudales con que efectuarla, éste levantará un empréstito voluntario, y de no conseguirlo, lo levantará forzoso entre las personas más pudientes hasta por la cantidad ya indicada, repartiéndolo entre ellas según sus haberes

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000126
  • Unidad documental simple
  • 1825-01-17 - 1825-01-19

Título: Exposición del Jefe del Estado al Congreso Constituyente haciéndole presente la necesidad y resolución en que está de enviar una tropa, a modo de cordón sanitario, a la frontera de Nicaragua con el objeto de impedir que a causa de las perturbaciones políticas de aquel Estado se vengan a éste algunos de los individuos complicados en ellas a propagar el germen de la discordia y de la resolución que para llevar a cabo aquella medida es indispensable arbitrar fondos en cantidad de dos mil quinientos pesos, no teniendo las Cajas del Estado ni aún para sus gastos ordinarios La Comisión de Guerra dictaminó que debía aprobarse la medida propuesta por el Jefe del Estado, y que no habiendo caudales con que efectuarla, éste levantará un empréstito voluntario, y de no conseguirlo, lo levantará forzoso entre las personas más pudientes hasta por la cantidad ya indicada, repartiéndolo entre ellas según sus haberes

Asamblea Legislativa, Congreso

"Expediente relativo a la legitimidad de la moneda hecha en el cuño provisional de Los Horcones Contiene la proposición del Diputado Anselmo González en que manifiesta los inconvenientes de dicha moneda y pide se prohíba su circulación y se recoja inmediatamente la que ha circulado; el dictamen de la Comisión de Hacienda del Congreso, en que expone que la moneda de ""Los Horcones"" difiere en mucho de la acuñada en Guatemala y pide se exija al Jefe del Estado un informe acerca de las formalidades con que ha establecido el cuño, acompañando la ordenanza prevenida en el Decreto de 17 de octubre de 1824 y unas monedas de las hechas; el informe del Poder Ejecutivo sosteniendo la legitimidad de la moneda y acompañando copia de los Decretos que lo autorizan para el establecimiento y organización del cuño provisional, y un nuevo dictamen de la Comisión, manifestando que no está en las atribuciones del Congreso resolver la cuestión suscitada sobre monedas

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000135
  • Unidad documental simple
  • 1825-02-21 - 1825-05-18

Título: "Expediente relativo a la legitimidad de la moneda hecha en el cuño provisional de ""Los Horcones"" Contiene la proposición del Diputado Anselmo González en que manifiesta los inconvenientes de dicha moneda y pide se prohíba su circulación y se recoja inmediatamente la que ha circulado; el dictamen de la Comisión de Hacienda del Congreso, en que expone que la moneda de ""Los Horcones"" difiere en mucho de la acuñada en Guatemala y pide se exija al Jefe del Estado un informe acerca de las formalidades con que ha establecido el cuño, acompañando la ordenanza prevenida en el Decreto de 17 de octubre de 1824 y unas monedas de las hechas; el informe del Poder Ejecutivo sosteniendo la legitimidad de la moneda y acompañando copia de los Decretos que lo autorizan para el establecimiento y organización del cuño provisional, y un nuevo dictamen de la Comisión, manifestando que no está en las atribuciones del Congreso resolver la cuestión suscitada sobre monedas, y que están suficientemente garantizadas las del cuño referido, mientras la Federación, a quien corresponde el arreglo de las monedas, declara sobre el particular lo conveniente"

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente relativo a la solicitud presentada al Congreso Constituyente por los Presbíteros Joaquín Carrillo y Joaquín Bonilla, indicados en la causa que se siguió en Heredia por resistencia a prestar el juramento de la Constitución del Estado Contiene la expresada solicitud en que los Presbíteros Carrillo y Bonilla manifiestan estar anuentes a prestar el juramento y piden se sobresea en la causa; un informe del Juez de Letras sobre los trastornos del orden público acaecidos en Heredia con motivo del juramento de la Constitución; una certificación del Alcalde 1º y Jefe Político Subalterno de San José, en que se da cuenta de haber prestado el juramento en la forma prevenida, los mencionados Presbíteros; un informe favorable sobre el mismo asunto, dado por el Poder Ejecutivo; una proposición del Diputado Juan Manuel Carazo, pidiendo se mande sobreseer en la causa; el dictamen de las Comisiones de Constitución y Justicias reunidas

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000141
  • Unidad documental simple
  • 1825-03-04 - 1825-06-01

Título: Expediente relativo a la solicitud presentada al Congreso Constituyente por los Presbíteros Joaquín Carrillo y Joaquín Bonilla, indicados en la causa que se siguió en Heredia por resistencia a prestar el juramento de la Constitución del Estado Contiene la expresada solicitud en que los Presbíteros Carrillo y Bonilla manifiestan estar anuentes a prestar el juramento y piden se sobresea en la causa; un informe del Juez de Letras sobre los trastornos del orden público acaecidos en Heredia con motivo del juramento de la Constitución; una certificación del Alcalde 1º y Jefe Político Subalterno de San José, en que se da cuenta de haber prestado el juramento en la forma prevenida, los mencionados Presbíteros; un informe favorable sobre el mismo asunto, dado por el Poder Ejecutivo; una proposición del Diputado Juan Manuel Carazo, pidiendo se mande sobreseer en la causa; el dictamen de las Comisiones de Constitución y Justicias reunidas, en que exponen que en su concepto los Presbíteros Carrillo y Bonilla obraron de buena fe en la creencia equívoca de que se atacaba la religión católica y sin miras de trastornar el orden público, recomiendan la clemencia y opinan que se decrete amnistía para los complicados en los sucesos de Heredia; por último, un proyecto de la Comisión de Justicia de la Asamblea Ordinaria, concediendo el indulto o amnistía

Asamblea Legislativa, Congreso

Consulta del Ejecutivo al Congreso sobre el precio a que debe venderse el tabaco en las tercenas recientemente establecidas en Nicaragua y Santa Cruz, teniendo en consideración el mayor costo en fletes que tiene el tabaco puesto en los referidos pueblos y las mermas que sufre, y de otra parte, la desproporción entre el precio en que se vende la libra en este Estado y en el que de Nicaragua ofrece a los negociantes la oportunidad de introducirlo a aquel Estado con mengua de los rendimientos de aquella venta. Además, sin contrariar las razones que haya tenido el Congreso para que no se altere el precio de tres reales libra en el Estado, juzga el Gobierno que sería mas adaptable por las razones que expone, el de cuatro reales libra en el Estado. La Comisión de Hacienda dictaminó manifestando que lo más acertado es fijar como precio en las mencionadas tercenas, comprendiendo la de Bagaces, el de seis reales libra, igual al que tiene en Nicaragua para opinar así, da las razones que ha tenido

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000143
  • Unidad documental simple
  • 1825-04-07 - 1825-04-20

Título: Consulta del Ejecutivo al Congreso sobre el precio a que debe venderse el tabaco en las tercenas recientemente establecidas en Nicaragua y Santa Cruz, teniendo en consideración el mayor costo en fletes que tiene el tabaco puesto en los referidos pueblos y las mermas que sufre, y de otra parte, la desproporción entre el precio en que se vende la libra en este Estado y en el que de Nicaragua ofrece a los negociantes la oportunidad de introducirlo a aquel Estado con mengua de los rendimientos de aquella venta. Además, sin contrariar las razones que haya tenido el Congreso para que no se altere el precio de tres reales libra en el Estado, juzga el Gobierno que sería mas adaptable por las razones que expone, el de cuatro reales libra en el Estado. La Comisión de Hacienda dictaminó manifestando que lo más acertado es fijar como precio en las mencionadas tercenas, comprendiendo la de Bagaces, el de seis reales libra, igual al que tiene en Nicaragua para opinar así, da las razones que ha tenido, y respecto a la propuesta del Gobierno sobre el aumento de precio de un real más en cada libra, esto en cuatro reales en vez de tres, no la considera aceptable por el mayor contrabando a que dará lugar

Asamblea Legislativa, Congreso

Resultados 9301 a 9400 de 2135587