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"Expediente relativo a la reforma del Artículo 11 de la Constitución de la República, propuesta por el Congreso Federal en los términos siguientes: ""Los habitantes de la República pueden adora a dios según su conciencia. El Gobierno General los protege en la libertad del culto religioso. Más los Estados cuidarán de la actual religión de sus pueblos, y mantendrán todo culto en armonía con las leyes. Pase la presente reforma a todas las Asambleas de los Estados para su conocimiento y resolución. Guatemala 2 de mayo de 1832"". El Gobierno de Costa Rica, por medio del Ministro General Joaquín Bernardo Calvo, recomendó la admisión de la reforma, pero las Comisiones de Constitución y Negocios Eclesiásticos emitieron dictamen en el sentido de que no debía variarse la Constitución por cuanto el pueblo de Costa Rica no aceptaba la enmienda sobre libertad de cultos. El expediente contiene además copias de la proposición, dictamenes y discusiones habidas en el Congreso Federal con relación al asunto. Se aprobó el dicta

  • CR AN CR-AN-AH-AL-002947
  • Unidad documental simple
  • 1832-08-09 - ?

Título: "Expediente relativo a la reforma del Artículo 11 de la Constitución de la República, propuesta por el Congreso Federal en los términos siguientes: ""Los habitantes de la República pueden adora a dios según su conciencia. El Gobierno General los protege en la libertad del culto religioso. Más los Estados cuidarán de la actual religión de sus pueblos, y mantendrán todo culto en armonía con las leyes. Pase la presente reforma a todas las Asambleas de los Estados para su conocimiento y resolución. Guatemala 2 de mayo de 1832"". El Gobierno de Costa Rica, por medio del Ministro General Joaquín Bernardo Calvo, recomendó la admisión de la reforma, pero las Comisiones de Constitución y Negocios Eclesiásticos emitieron dictamen en el sentido de que no debía variarse la Constitución por cuanto el pueblo de Costa Rica no aceptaba la enmienda sobre libertad de cultos. El expediente contiene además copias de la proposición, dictamenes y discusiones habidas en el Congreso Federal con relación al asunto. Se aprobó el dictamen desfavorable de las Comisiones"

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente relativo a los medios de conservar la Renta de Tabacos y proveer el consumo de Costa Rica y Nicaragua Comienza por una solicitud de varios cosecheros de San José para que se les permita sembrar tabacales, cuyo producto se venderá al Gobierno a 4 reales libra y bajo otras condiciones que expresan Exposición con que el Ejecutivo eleva la solicitud a la Asamblea, observando que no es conveniente aceptarla y que para proveer al consumo se apliquen los recursos de la renta, y otros, a negociar con el Gobierno del Salvador 200 tercios o más de Iztepeque, en la seguridad de que éste no se presta al contrabando Informe de una Comisión en que propone, como remedio, que se autorice a la Dirección de Siembras para vender el chircagre existente, a condición de que se exporte fuera del Estado, a 4 reales libra, y para cambiar 200 tercios del tabaco del país, por Iztepeque

  • CR AN CR-AN-AH-AL-002964
  • Unidad documental simple
  • 1827-07-27 - 1827-08-24

Título: Expediente relativo a los medios de conservar la Renta de Tabacos y proveer el consumo de Costa Rica y Nicaragua Comienza por una solicitud de varios cosecheros de San José para que se les permita sembrar tabacales, cuyo producto se venderá al Gobierno a 4 reales libra y bajo otras condiciones que expresan Exposición con que el Ejecutivo eleva la solicitud a la Asamblea, observando que no es conveniente aceptarla y que para proveer al consumo se apliquen los recursos de la renta, y otros, a negociar con el Gobierno del Salvador 200 tercios o más de Iztepeque, en la seguridad de que éste no se presta al contrabando Informe de una Comisión en que propone, como remedio, que se autorice a la Dirección de Siembras para vender el chircagre existente, a condición de que se exporte fuera del Estado, a 4 reales libra, y para cambiar 200 tercios del tabaco del país, por Iztepeque

Asamblea Legislativa, Congreso

Proposición del Diputado Manuel María Peralta, para que se fije en 10 pesos la base del arrendamiento relativo a los estanquillos de aguardiente, y que éstos sean tantos cuantos se soliciten. dictamen de la Comisión de Hacienda apoyando la iniciativa, con un proyecto de ley reglamentaria del ramo de aguardientes, en que se dispone que habrá tantos estanquillos en el Estado cuantos compradores acorran a la Intendencia por el permiso de vender el licor, con tal que sea para alguno de los pueblos en donde hay municipalidad, y debiendo pagarse por la licencia de venta y la de poner una fábrica que la provea, 120 pesos anuales, que se garantizarán. El proyecto contiene otros varios detalles, previendo la manera de precaver desórdenes, para lo cual, entre otras cosas, se prohíbe el expendio antes de amanecer y después de las nueve de la noche. Aprobado el proyecto de ley en todas sus partes

  • CR AN CR-AN-AH-AL-002984
  • Unidad documental simple
  • 1835-08-29 - ?

Título: Proposición del Diputado Manuel María Peralta, para que se fije en 10 pesos la base del arrendamiento relativo a los estanquillos de aguardiente, y que éstos sean tantos cuantos se soliciten. dictamen de la Comisión de Hacienda apoyando la iniciativa, con un proyecto de ley reglamentaria del ramo de aguardientes, en que se dispone que habrá tantos estanquillos en el Estado cuantos compradores acorran a la Intendencia por el permiso de vender el licor, con tal que sea para alguno de los pueblos en donde hay municipalidad, y debiendo pagarse por la licencia de venta y la de poner una fábrica que la provea, 120 pesos anuales, que se garantizarán. El proyecto contiene otros varios detalles, previendo la manera de precaver desórdenes, para lo cual, entre otras cosas, se prohíbe el expendio antes de amanecer y después de las nueve de la noche. Aprobado el proyecto de ley en todas sus partes

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente relativo a la construcción de un puente de cal y piedra sobre el río Virilla en el Paso Real por no haber dado resultados el que fabricó de arcos en Sangre de Cristo. Comprende el informe del Ejecutivo a la Asamblea, dado en virtud de moción del Diputado Manuel Aguilar, acerca del costo y gastos hechos en el último puente citado, con indicación de los fondos disponibles para terminarlos; la proposición del mismo diputado Aguilar para que se abandone dicha obra y se construya en el Paso Real, el dictamen de la Comisión de Policía y un proyecto de ley de ésta en que se ordena al Ejecutivo, construir el puente indicado, señalándole los fondos de que se le autoriza para usar al efecto. Aprobado el proyecto de ley, fue devuelto con objeciones por el Consejo Representativo, pero la Asamblea reselló el decreto

  • CR AN CR-AN-AH-AL-002985
  • Unidad documental simple
  • 1835-03-25 - 1835-09-10

Título: Expediente relativo a la construcción de un puente de cal y piedra sobre el río Virilla en el Paso Real por no haber dado resultados el que fabricó de arcos en Sangre de Cristo. Comprende el informe del Ejecutivo a la Asamblea, dado en virtud de moción del Diputado Manuel Aguilar, acerca del costo y gastos hechos en el último puente citado, con indicación de los fondos disponibles para terminarlos; la proposición del mismo diputado Aguilar para que se abandone dicha obra y se construya en el Paso Real, el dictamen de la Comisión de Policía y un proyecto de ley de ésta en que se ordena al Ejecutivo, construir el puente indicado, señalándole los fondos de que se le autoriza para usar al efecto. Aprobado el proyecto de ley, fue devuelto con objeciones por el Consejo Representativo, pero la Asamblea reselló el decreto

Asamblea Legislativa, Congreso

Decreto No 7, que aprueba los siguientes decretos: de 14 de octubre de 1904, autorizando al Municipio de Turrialba para hacer un empréstito de ¢8000,00 con Minor C Keith; de 18 de octubre de 1904, que autoriza al Municipio de Puriscal para negociar un empréstito por ¢5000,00 para construcción de mercado y otras mejoras; de 25 de Noviembre de 1904, aprobando un contrato entre el Municipio de San José y John M Keith y Felipe J Alvarado sobre enajenación de unos terrenos; de 24 de Enero de 1905, que autoriza al Ejecutivo para convocar a la electoral para elección Municipal en ciertos casos; de igual fecha autorizando al Ejecutivo para distribuir ¢6000,00 entre los Municipios de La Union y Heredia y autorizando al primero para negociar un empréstito por ¢5727,00; de 2 de Marzo de 1905 autorizando al Municipio de Turrialba para vender unos lotes; de 24 de Marzo de 1905 facultando al Ejecutivo para construir en esta capital una cárcel destinada a varones y mujeres

  • CR AN CR-AN-AH-AL-002993
  • Unidad documental simple
  • 1904-10-06 - 1905-05-05

Título: Decreto No 7, que aprueba los siguientes decretos: de 14 de octubre de 1904, autorizando al Municipio de Turrialba para hacer un empréstito de ¢8000,00 con Minor C Keith; de 18 de octubre de 1904, que autoriza al Municipio de Puriscal para negociar un empréstito por ¢5000,00 para construcción de mercado y otras mejoras; de 25 de Noviembre de 1904, aprobando un contrato entre el Municipio de San José y John M Keith y Felipe J Alvarado sobre enajenación de unos terrenos; de 24 de Enero de 1905, que autoriza al Ejecutivo para convocar a la electoral para elección Municipal en ciertos casos; de igual fecha autorizando al Ejecutivo para distribuir ¢6000,00 entre los Municipios de La Union y Heredia y autorizando al primero para negociar un empréstito por ¢5727,00; de 2 de Marzo de 1905 autorizando al Municipio de Turrialba para vender unos lotes; de 24 de Marzo de 1905 facultando al Ejecutivo para construir en esta capital una cárcel destinada a varones y mujeres

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