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Comunicaciones del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional en julio de 1834. Folio 6, julio 14, el Jefe del Estado del Ministerio de Relaciones de la Federación ha recibido los impresos que contienen el acuerdo del Congreso para trasladarse a la ciudad de San Salvador. Folio 9, julio 23, se pone en conocimiento del Ejecutivo el nombramiento accidental hecho en el Diputado Murillo, como 2º Pro-secretario de la Asamblea por ausencia del titular. Folio 10, julio 23, el Ejecutivo se ha impuesto de que la Asamblea ha procedido a la renovación de sus funcionarios resultando electos para Presidente el Diputado Rivera, Vice-presidente el Diputado Lara, 2º Secretario el Diputado Escalante y Prosecretario el Diputado Salinas. Folio 14, julio 30, el Jefe Supremo ha recibido comunicaciones oficiales del Gobierno Federal y el Provisional del Estado de El Salvador, relativas a los últimos sucesos que han tenido lugar en aquel Estado

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001737
  • Unidad documental simple
  • 1834-07-01 - 1834-07-30

Título: Comunicaciones del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional en julio de 1834. Folio 6, julio 14, el Jefe del Estado del Ministerio de Relaciones de la Federación ha recibido los impresos que contienen el acuerdo del Congreso para trasladarse a la ciudad de San Salvador. Folio 9, julio 23, se pone en conocimiento del Ejecutivo el nombramiento accidental hecho en el Diputado Murillo, como 2º Pro-secretario de la Asamblea por ausencia del titular. Folio 10, julio 23, el Ejecutivo se ha impuesto de que la Asamblea ha procedido a la renovación de sus funcionarios resultando electos para Presidente el Diputado Rivera, Vice-presidente el Diputado Lara, 2º Secretario el Diputado Escalante y Prosecretario el Diputado Salinas. Folio 14, julio 30, el Jefe Supremo ha recibido comunicaciones oficiales del Gobierno Federal y el Provisional del Estado de El Salvador, relativas a los últimos sucesos que han tenido lugar en aquel Estado

Asamblea Legislativa, Congreso

Comunicaciones del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional, en marzo de 1834: Se pone en conocimiento del Ejecutivo de la renovación de los funcionarios de la Asamblea resultando electos Diputado Rivera como Presidente, Diputado Juan Diego Bonilla como Vice-presidente, Diputado Escalante como primer Secretario, Diputado Lara como 2º Secretario y Diputado Padilla como Pro-secretario, marzo 6, folio 9. Comunicación del Ministro General de El Salvador relativa a la crítica situación en que se ha encontrado el Departamento de San Vicente, marzo 12, folio 11. El Ministro General de El Salvador informa a los secretarios de la Asamblea de la acción que libraron las tropas del Estado en la Hacienda de San Bernardo contra los facciosos de San Miguel, el 17 de diciembre, folio 12, marzo 12. El Capitán Comandante del puerto de Puntarenas pone en conocimiento de los secretarios de la Asamblea la llegada de la Goleta Teresa, procedente del puerto de Conchagua, al mando del capitán Juan Iriarte

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001741
  • Unidad documental simple
  • 1834-03-01 - 1834-03-23

Título: Comunicaciones del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional, en marzo de 1834: Se pone en conocimiento del Ejecutivo de la renovación de los funcionarios de la Asamblea resultando electos Diputado Rivera como Presidente, Diputado Juan Diego Bonilla como Vice-presidente, Diputado Escalante como primer Secretario, Diputado Lara como 2º Secretario y Diputado Padilla como Pro-secretario, marzo 6, folio 9. Comunicación del Ministro General de El Salvador relativa a la crítica situación en que se ha encontrado el Departamento de San Vicente, marzo 12, folio 11. El Ministro General de El Salvador informa a los secretarios de la Asamblea de la acción que libraron las tropas del Estado en la Hacienda de San Bernardo contra los facciosos de San Miguel, el 17 de diciembre, folio 12, marzo 12. El Capitán Comandante del puerto de Puntarenas pone en conocimiento de los secretarios de la Asamblea la llegada de la Goleta Teresa, procedente del puerto de Conchagua, al mando del capitán Juan Iriarte

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: una denuncia del Consejo Representativo contra el Poder Ejecutivo por infracción de la Ley Fundamental y otras secundarias al emitir el acuerdo de 7 de febrero de 1834, por el cual se comisiona al Intendente General para visitar los partidos de Bagaces y Nicoya, concediéndole facultades privativas del Jefe Político Superior, no obstante las observaciones del citado Consejo: varias copias de resoluciones y comunicaciones relativas al mismo asunto; consulta del Ejecutivo a la Asamblea acerca de la legalidad del acuerdo de 7 de febrero, con explicaciones de los motivos que lo inspiraron, y dos dictamenes de la mayoría y minoría de la Comisión de Legislación. Se aprobó el dictamen de la minoría en que se propone declarar que el Ejecutivo emitió el acuerdo de 7 de febrero sin quebrantar ninguna ley y ajustándolo al artículo 13 del reglamento de 23 de setiembre de 1831 y al 82 de la Constitución del Estado

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001753
  • Unidad documental simple
  • 1834-03-03 - 1834-05-28

Título: Expediente que contiene: una denuncia del Consejo Representativo contra el Poder Ejecutivo por infracción de la Ley Fundamental y otras secundarias al emitir el acuerdo de 7 de febrero de 1834, por el cual se comisiona al Intendente General para visitar los partidos de Bagaces y Nicoya, concediéndole facultades privativas del Jefe Político Superior, no obstante las observaciones del citado Consejo: varias copias de resoluciones y comunicaciones relativas al mismo asunto; consulta del Ejecutivo a la Asamblea acerca de la legalidad del acuerdo de 7 de febrero, con explicaciones de los motivos que lo inspiraron, y dos dictamenes de la mayoría y minoría de la Comisión de Legislación. Se aprobó el dictamen de la minoría en que se propone declarar que el Ejecutivo emitió el acuerdo de 7 de febrero sin quebrantar ninguna ley y ajustándolo al artículo 13 del reglamento de 23 de setiembre de 1831 y al 82 de la Constitución del Estado

Asamblea Legislativa, Congreso

Consulta de los Ministros de la Tesorería General acerca de cuáles sean los fondos que deben perder la cantiad de 172 pesos que resultó en moneda falsa de cobre y bronce en las cajas de aquella Tesorería; o si como tenedores de esa moneda deben reembolsarla los referidos ministros al tenor del Decreto de 28 de febrero de 1833. Esta consulta fue elevada al Gobierno quien la pasó a la Asamblea, después de oído el parecer del Consejo Representativo. La Comisión de Hacienda presentó su dictamen en que se manifiesta no ser justo que ni el Estado ni los Tesoreros pierdan la expresada cantidad de moneda falsa; y un proyecto de ley en que se dispone eximir por esta única vez a los ministros de la Tesorería General del reembolso en las cajas del Estado de los referidos $172, cuya pérdida se carga en cuenta al Ramo de Diezmos. No hay resolución definitiva

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001765
  • Unidad documental simple
  • 1833-03-26 - 1834-11-01

Título: Consulta de los Ministros de la Tesorería General acerca de cuáles sean los fondos que deben perder la cantiad de 172 pesos que resultó en moneda falsa de cobre y bronce en las cajas de aquella Tesorería; o si como tenedores de esa moneda deben reembolsarla los referidos ministros al tenor del Decreto de 28 de febrero de 1833. Esta consulta fue elevada al Gobierno quien la pasó a la Asamblea, después de oído el parecer del Consejo Representativo. La Comisión de Hacienda presentó su dictamen en que se manifiesta no ser justo que ni el Estado ni los Tesoreros pierdan la expresada cantidad de moneda falsa; y un proyecto de ley en que se dispone eximir por esta única vez a los ministros de la Tesorería General del reembolso en las cajas del Estado de los referidos $172, cuya pérdida se carga en cuenta al Ramo de Diezmos. No hay resolución definitiva

Asamblea Legislativa, Congreso

Solicitud del Presbítero José María Esquivel, cura párroco de la ciudad de San José, para que se apruebe un proyecto suyo contraído a fundar un Monte de Piedad conforme a la cláusula del testamento cuya copia acompaña, en la cual se dispone que todos los bienes del solicitante, menos la cantidad de $1500, se invierta en la referida institución; que el capital se dé a labores, en cantidades de 50 a 200 pesos, con buena seguridad y al tipo de interés legal, por un término que no exceda de 3 años; que de los réditos, deducido el 5 por ciento para el Tesorero recaudador, se hagan 2 partes, una que le cura de San José distribuirá entre los pobres vergonzantes, y otra destinada a dotar y establecer escuelas de primeras letras en los barrios de la ciudad de San José, etc. La Comisión de Legislación acoge la solicitud del Presbítero Esquivel y de acuerdo con ella presenta un proyecto de ley por el cual se obliga a todo funcionario público a cumplir los deberes que se le impongan por particulares que funden establecim

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001768
  • Unidad documental simple
  • 1834-03-17 - 1834-05-28

Título: Solicitud del Presbítero José María Esquivel, cura párroco de la ciudad de San José, para que se apruebe un proyecto suyo contraído a fundar un Monte de Piedad conforme a la cláusula del testamento cuya copia acompaña, en la cual se dispone que todos los bienes del solicitante, menos la cantidad de $1500, se invierta en la referida institución; que el capital se dé a labores, en cantidades de 50 a 200 pesos, con buena seguridad y al tipo de interés legal, por un término que no exceda de 3 años; que de los réditos, deducido el 5 por ciento para el Tesorero recaudador, se hagan 2 partes, una que le cura de San José distribuirá entre los pobres vergonzantes, y otra destinada a dotar y establecer escuelas de primeras letras en los barrios de la ciudad de San José, etc. La Comisión de Legislación acoge la solicitud del Presbítero Esquivel y de acuerdo con ella presenta un proyecto de ley por el cual se obliga a todo funcionario público a cumplir los deberes que se le impongan por particulares que funden establecimientos de beneficencia, y se exime del pago de toda contribución los bienes destinados al propio fin y las enajenaciones de los mismo, etc. Se aprobó el dictamen de la Comisión

Asamblea Legislativa, Congreso

Exposición de la Municipalidad de San José acerca de la conveniencia de regularizar y hermosear el sitio de la Mata Redonda, quitándole los recodos y sobrantes que lo desfiguran, en cuya consecuencia solicita autorización para vender a Manuel Aguilar unos pedazos de terreno que hay en aquel punto, y las demás porciones que se hallen en iguales circunstancias a quienes las soliciten, con lo cual además se obtendrán fondos para las muchas atenciones que tiene a su cargo la Municipalidad. La Comisión de Agricultura aceptó la petición y presentó un proyecto de ley por el cual se permite al Ayuntamiento de San José reducir a dominio particular las porciones de tierra que desfiguran el sitio de que se trata, en la forma y condiciones determinadas por la ley. Se aprobó el proyecto de ley de la Comisión

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001770
  • Unidad documental simple
  • 1834-03-10 - 1834-03-15

Título: Exposición de la Municipalidad de San José acerca de la conveniencia de regularizar y hermosear el sitio de la Mata Redonda, quitándole los recodos y sobrantes que lo desfiguran, en cuya consecuencia solicita autorización para vender a Manuel Aguilar unos pedazos de terreno que hay en aquel punto, y las demás porciones que se hallen en iguales circunstancias a quienes las soliciten, con lo cual además se obtendrán fondos para las muchas atenciones que tiene a su cargo la Municipalidad. La Comisión de Agricultura aceptó la petición y presentó un proyecto de ley por el cual se permite al Ayuntamiento de San José reducir a dominio particular las porciones de tierra que desfiguran el sitio de que se trata, en la forma y condiciones determinadas por la ley. Se aprobó el proyecto de ley de la Comisión

Asamblea Legislativa, Congreso

Solicitudes de la Municipalidad de Cartago y de los comerciantes Vicente Fábrega y Juan Ñeco para que las mercaderías introducidas por el puerto de Matina, o cualquiera otro, con destino a Cartago, se reconozcan y aforen en dicha ciudad, en vez de pasar directamente a la capital. Con el dictamen del Consejo Representativo resolvió el Gobierno Supremo que el registro y aforo de las mercaderías debían practicarse en los lugares de su destino conforme al Decreto del Estado de 5 de junio de 1829, mientras no se establecieren efectivamente las aduanas en los puertos de Matina y Puntarenas de que habla la Le Federal de 23 de diciembre de 1830. Solicitud de Tomás Brenes, Teniente de Tesorería de Cartago para que se les paguen sus honorarios por las cantidades que ha recaudado, acerca de lo cual se oyó también al Consejo, y luego se pasó todo a la Asamblea Constitucional, cuya Comisión de Justicia presentó un proyecto de ley conforme con lo pedido por Brenes. Se aprobó el dictamen de la Comisión de Justicia y el proy

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001779
  • Unidad documental simple
  • 1834-06-07 - 1834-07-31

Título: Solicitudes de la Municipalidad de Cartago y de los comerciantes Vicente Fábrega y Juan Ñeco para que las mercaderías introducidas por el puerto de Matina, o cualquiera otro, con destino a Cartago, se reconozcan y aforen en dicha ciudad, en vez de pasar directamente a la capital. Con el dictamen del Consejo Representativo resolvió el Gobierno Supremo que el registro y aforo de las mercaderías debían practicarse en los lugares de su destino conforme al Decreto del Estado de 5 de junio de 1829, mientras no se establecieren efectivamente las aduanas en los puertos de Matina y Puntarenas de que habla la Le Federal de 23 de diciembre de 1830. Solicitud de Tomás Brenes, Teniente de Tesorería de Cartago para que se les paguen sus honorarios por las cantidades que ha recaudado, acerca de lo cual se oyó también al Consejo, y luego se pasó todo a la Asamblea Constitucional, cuya Comisión de Justicia presentó un proyecto de ley conforme con lo pedido por Brenes. Se aprobó el dictamen de la Comisión de Justicia y el proyecto de ley que presentó

Asamblea Legislativa, Congreso

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