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Expediente que contiene un informe fechado en 4 de marzo de 1830, dado por la Comisión Especial encargada por la Asamblea de pasar a la Factoría y ver si en su interior y contiguo al salón de sus sesiones hay algún terreno vacío o pieza a propósito para hacer más extensiva y cómoda la de la Secretaría y remediar la suma estrechez e indecencia en que se halla la actual; la Comisión dice que hay un almacén con el piso entablado del que se pueden tomar 8 o 10 varas y de ellas formar una pieza decente y cuyo costo consiste únicamente en las obras que habría que ejecutar las cuales señala. Al pie del informe y con fecha 8 de marzo, hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: que éste Ato Cuerpo acordó no hacer novedad en la ampliación proyectada y se previno a la Comisión de Orden Interior presentarse un presupuesto de los gastos que han de causarse en los reparos en su forma actual

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001014
  • Unidad documental simple
  • 1830-03-04 - 1830-03-08

Título: Expediente que contiene un informe fechado en 4 de marzo de 1830, dado por la Comisión Especial encargada por la Asamblea de pasar a la Factoría y ver si en su interior y contiguo al salón de sus sesiones hay algún terreno vacío o pieza a propósito para hacer más extensiva y cómoda la de la Secretaría y remediar la suma estrechez e indecencia en que se halla la actual; la Comisión dice que hay un almacén con el piso entablado del que se pueden tomar 8 o 10 varas y de ellas formar una pieza decente y cuyo costo consiste únicamente en las obras que habría que ejecutar las cuales señala. Al pie del informe y con fecha 8 de marzo, hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: que éste Ato Cuerpo acordó no hacer novedad en la ampliación proyectada y se previno a la Comisión de Orden Interior presentarse un presupuesto de los gastos que han de causarse en los reparos en su forma actual

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado José María Alfaro, de fecha 7 de mayo de 1830, pidiendo se decrete la reforma del artículo 49 de la Constitución del Estado en el sentido de que las sesiones ordinarias de la Asamblea no duren más que un mes, que se levanten las actuales lo más tarde el 15 de este mes y que el Consejo Representativo tenga igual receso y solo se reúna cuando lo cite la Asamblea o cuando a juicio del Ejecutivo haya una causa gravísima. Un dictamen de la Comisión de Legislación, manifestando estar de acuerdo con la proposición, dando las razones de su opinión, esto en cuanto a lo sucesivo y no respecto a las sesiones actuales, igualmente está de acuerdo en lo relativo al Consejo por las mismas razones; presenta un proyecto de decreto sobre el asunto, en que consigna la reforma de los artículos 49 y 63 de la Constitución del Estado. El dictamen es de fecha 10 del mismo mes. Al final del expediente hay una razón que dice: en esta fecha fue desechado este negocio. San José mayo

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001015
  • Unidad documental simple
  • 1830-05-07 - 1830-05-14

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado José María Alfaro, de fecha 7 de mayo de 1830, pidiendo se decrete la reforma del artículo 49 de la Constitución del Estado en el sentido de que las sesiones ordinarias de la Asamblea no duren más que un mes, que se levanten las actuales lo más tarde el 15 de este mes y que el Consejo Representativo tenga igual receso y solo se reúna cuando lo cite la Asamblea o cuando a juicio del Ejecutivo haya una causa gravísima. Un dictamen de la Comisión de Legislación, manifestando estar de acuerdo con la proposición, dando las razones de su opinión, esto en cuanto a lo sucesivo y no respecto a las sesiones actuales, igualmente está de acuerdo en lo relativo al Consejo por las mismas razones; presenta un proyecto de decreto sobre el asunto, en que consigna la reforma de los artículos 49 y 63 de la Constitución del Estado. El dictamen es de fecha 10 del mismo mes. Al final del expediente hay una razón que dice: en esta fecha fue desechado este negocio. San José mayo 14 de 1830

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Manuel Aguilar, de fecha 3 de marzo de 1830, pidiendo que la Asamblea decrete que todos los religiosos de cualquiera estado y condición que sean, las parroquias, iglesias o establecimientos de cualesquiera clase pertenecientes a ellos, quedan sujetos al Ordinario Eclesiástico; que cesan las pensiones de los religiosos de propaganda y las iglesias que estaban a su cargo serán dotada con 200 pesos de los fondos beneficiales para el Ministro que se ha encargado de ellas; que el Convento de San Francisco de Cartago y sus rentas se destinan para un establecimiento de enseñanza pública en la misma ciudad. Un dictamen de la Comisión de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de fecha 5 de marzo, proponiendo un proyecto de ley que en su mayor parte se conforma con lo pedido en la proposición, pero respecto a la Casa de Enseñanza a que se destina el Convento y rentas de San Francisco, establece dicha casa en cada lugar en cuyo territorio se hallen las fincas o se hayan

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001019
  • Unidad documental simple
  • 1830-03-03 - 1830-03-05

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Manuel Aguilar, de fecha 3 de marzo de 1830, pidiendo que la Asamblea decrete que todos los religiosos de cualquiera estado y condición que sean, las parroquias, iglesias o establecimientos de cualesquiera clase pertenecientes a ellos, quedan sujetos al Ordinario Eclesiástico; que cesan las pensiones de los religiosos de propaganda y las iglesias que estaban a su cargo serán dotada con 200 pesos de los fondos beneficiales para el Ministro que se ha encargado de ellas; que el Convento de San Francisco de Cartago y sus rentas se destinan para un establecimiento de enseñanza pública en la misma ciudad. Un dictamen de la Comisión de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de fecha 5 de marzo, proponiendo un proyecto de ley que en su mayor parte se conforma con lo pedido en la proposición, pero respecto a la Casa de Enseñanza a que se destina el Convento y rentas de San Francisco, establece dicha casa en cada lugar en cuyo territorio se hallen las fincas o se hayan reconocido o colectado aquellas; agrega otras disposiciones relativas al mismo objeto

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Joaquín Rivas, de fecha 4 de marzo de 1830, pidiendo que las tierras donadas a este vecindario por el Cura Chapuí se rematen y subasten en beneficio de sus propios, descansando en los presupuestos de que parte la Municipalidad en acuerdo celebrado sobre el particular de que presenta copia. Un dictamen de la Comisión de Justicia de acuerdo con la proposición, apoyándose en varias razones que expone y presentando un proyecto de decreto en que se dispone: que la Municipalidad procederá a la subasta del terreno legado por el Padre Chapuí con exclusión de la Mata Redonda, previo justiprecio de dos peritos nombrados por dicho Cuerpo; que el dinero proveniente de las enajenaciones se empleará con preferencia en concluir la Casa Municipal, y el resto se destinará al aumento de los fondos de la de Santo Tomás. Siguen otras disposiciones contenidas en el mismo proyecto y sobre el mismo objeto. Se acompaña la copia del acuerdo municipal de que hace referencia la prop

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001020
  • Unidad documental simple
  • 1830-03-04 - 1830-03-15

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Joaquín Rivas, de fecha 4 de marzo de 1830, pidiendo que las tierras donadas a este vecindario por el Cura Chapuí se rematen y subasten en beneficio de sus propios, descansando en los presupuestos de que parte la Municipalidad en acuerdo celebrado sobre el particular de que presenta copia. Un dictamen de la Comisión de Justicia de acuerdo con la proposición, apoyándose en varias razones que expone y presentando un proyecto de decreto en que se dispone: que la Municipalidad procederá a la subasta del terreno legado por el Padre Chapuí con exclusión de la Mata Redonda, previo justiprecio de dos peritos nombrados por dicho Cuerpo; que el dinero proveniente de las enajenaciones se empleará con preferencia en concluir la Casa Municipal, y el resto se destinará al aumento de los fondos de la de Santo Tomás. Siguen otras disposiciones contenidas en el mismo proyecto y sobre el mismo objeto. Se acompaña la copia del acuerdo municipal de que hace referencia la proposición. El dictamen de la Comisión tiene fecha de 15 de marzo

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado José Nereo Fonseca, de fecha 24 de marzo de 1830, pidiendo que la Asamblea se sirva declarar que lo dispuesto en el Artículo 745 de la Ley Fundamental no se opone a discutir uno a uno los artículos que contiene, ni que tampoco priva por acomodarse en alguno o algunos reparos del Consejo, la sanción de la ley proyectada. Un dictamen de la Comisión de Constitución, de fecha 19 de abril siguiente, manifestando que a su juicio el Artículo 74 de la Ley Fundamental no pone a la Asamblea en la precisión de sancionar o desechar las resoluciones que el Consejo devuelva sin atender a las observaciones que motivan la resolución, y que lejos de eso pueden ser adoptadas. Al final del expediente hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: que se le dispensó la 2ª lectura y se acordó tomar en consideración el asunto por ser sencillo y urgente. Abril 19

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001021
  • Unidad documental simple
  • 1830-03-24 - 1830-04-19

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado José Nereo Fonseca, de fecha 24 de marzo de 1830, pidiendo que la Asamblea se sirva declarar que lo dispuesto en el Artículo 745 de la Ley Fundamental no se opone a discutir uno a uno los artículos que contiene, ni que tampoco priva por acomodarse en alguno o algunos reparos del Consejo, la sanción de la ley proyectada. Un dictamen de la Comisión de Constitución, de fecha 19 de abril siguiente, manifestando que a su juicio el Artículo 74 de la Ley Fundamental no pone a la Asamblea en la precisión de sancionar o desechar las resoluciones que el Consejo devuelva sin atender a las observaciones que motivan la resolución, y que lejos de eso pueden ser adoptadas. Al final del expediente hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: que se le dispensó la 2ª lectura y se acordó tomar en consideración el asunto por ser sencillo y urgente. Abril 19

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Pedro Dengo, de fecha 6 de mayo de 1830, pidiendo se sirva la Asamblea decretar que se amortice la deuda pública contraída desde julio próximo pasado hasta la fecha, y que esto sea en efectivo, usando únicamente del tabaco en caso de no haber dinero. Un dictamen de la Comisión de Hacienda de fecha 8 del mismo mes, en sentido favorable a la proposición, exponiendo las razones en que apoya su opinión y presentando un proyecto de decreto, en que se dispone: que la deuda en referencia será amOrtizada, tomándose con este objeto el número correspondiente de las rentas denominadas federales. Hay una razón en el expediente que dice: su discusión para cuando haya lugar en 1ª ocasíón. Mayo 10 de 1830. Además hay un artículo 2º, referente a la Dirección de Siembras en caso de hallarse en escasez para la siembra inmediata, y al pie de él dice: se aprobó

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001022
  • Unidad documental simple
  • 1830-05-06 - 1830-05-10

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Pedro Dengo, de fecha 6 de mayo de 1830, pidiendo se sirva la Asamblea decretar que se amortice la deuda pública contraída desde julio próximo pasado hasta la fecha, y que esto sea en efectivo, usando únicamente del tabaco en caso de no haber dinero. Un dictamen de la Comisión de Hacienda de fecha 8 del mismo mes, en sentido favorable a la proposición, exponiendo las razones en que apoya su opinión y presentando un proyecto de decreto, en que se dispone: que la deuda en referencia será amOrtizada, tomándose con este objeto el número correspondiente de las rentas denominadas federales. Hay una razón en el expediente que dice: su discusión para cuando haya lugar en 1ª ocasíón. Mayo 10 de 1830. Además hay un artículo 2º, referente a la Dirección de Siembras en caso de hallarse en escasez para la siembra inmediata, y al pie de él dice: se aprobó

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Antonio López, de fecha 30 de marzo de 1830, pidiendo que la Asamblea establezca en la confusión que se padece con la moneda, caracteres más claros que distingan la legítima, y decrete un premio al que descubra autores de falsificación o estafa de moneda. Un dictamen de la Comisión de Hacienda, de fecha 15 de abril siguiente, manifestando no estar de acuerdo con la medida propuesta por razones que expone y proponiendo: que la Asamblea puede acordar se diga al Gobierno que habiendo antiguas disposiciones que establecen penas en orden a la circulación de moneda, tanto respecto de la falsa y estafada como de la que solo sea gastada, recabe aquellas y haga que se publiquen por bando, velando y cuidando de su fiel y exacto cumplimiento y haciendo efectiva la responsabilidad del funcionario que encargado de su observancia, tolere o disimule los excesos y abusos. En el expediente hay una razón que dice: su discusión para cuando haya lugar, y otro: Se aprobó de co

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001023
  • Unidad documental simple
  • 1830-03-03 - 1830-04-17

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Antonio López, de fecha 30 de marzo de 1830, pidiendo que la Asamblea establezca en la confusión que se padece con la moneda, caracteres más claros que distingan la legítima, y decrete un premio al que descubra autores de falsificación o estafa de moneda. Un dictamen de la Comisión de Hacienda, de fecha 15 de abril siguiente, manifestando no estar de acuerdo con la medida propuesta por razones que expone y proponiendo: que la Asamblea puede acordar se diga al Gobierno que habiendo antiguas disposiciones que establecen penas en orden a la circulación de moneda, tanto respecto de la falsa y estafada como de la que solo sea gastada, recabe aquellas y haga que se publiquen por bando, velando y cuidando de su fiel y exacto cumplimiento y haciendo efectiva la responsabilidad del funcionario que encargado de su observancia, tolere o disimule los excesos y abusos. En el expediente hay una razón que dice: su discusión para cuando haya lugar, y otro: Se aprobó de conformidad. Abril 17 de 1830

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente relativo a la Deuda Pública Contiene: Una proposición del Diputado Antonio López, de fecha 18 de mayo de 1830, pidiendo la amortización de la Deuda Pública en otros términos que los que prevenía el decreto devuelto por el Consejo y desechado por la Asamblea por haberse conformado con las razones dadas por aquel Alto Cuerpo; en la proposición se expresa la manera de amortizar dicha deuda. Un dictamen de la Comisión de Hacienda fechado el 24 del mismo mes, oponiéndose a los medios propuestos, dando las razones para ello y presentando un proyecto de decreto en cuyo artículo único dice: que el Ejecutivo dispondrá que por la Tesorería de la Federación se trasladen a la del Estado 3000 pesos en dinero, los que hará se distribuyan justa y proporcionalmente en la suma a que alcance la Deuda Pública. Un nuevo dictamen de la misma Comisión de fecha 25 de mayo, por haber sido desechado el anterior, agregando un 2º artículo al proyecto y variando el sentido del artículo único que contenía al final del expedien

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001025
  • Unidad documental simple
  • 1830-05-18 - 1830-05-26

Título: Expediente relativo a la Deuda Pública Contiene: Una proposición del Diputado Antonio López, de fecha 18 de mayo de 1830, pidiendo la amortización de la Deuda Pública en otros términos que los que prevenía el decreto devuelto por el Consejo y desechado por la Asamblea por haberse conformado con las razones dadas por aquel Alto Cuerpo; en la proposición se expresa la manera de amortizar dicha deuda. Un dictamen de la Comisión de Hacienda fechado el 24 del mismo mes, oponiéndose a los medios propuestos, dando las razones para ello y presentando un proyecto de decreto en cuyo artículo único dice: que el Ejecutivo dispondrá que por la Tesorería de la Federación se trasladen a la del Estado 3000 pesos en dinero, los que hará se distribuyan justa y proporcionalmente en la suma a que alcance la Deuda Pública. Un nuevo dictamen de la misma Comisión de fecha 25 de mayo, por haber sido desechado el anterior, agregando un 2º artículo al proyecto y variando el sentido del artículo único que contenía al final del expediente hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: Se decretó de conformidad con el último proyecto con las correcciones que aparecen son de mayo 26 de 1830

Asamblea Legislativa, Congreso

"Expediente que contiene un proyecto de la Comisión de Justicia de la Asamblea, de fecha 22 de junio de 1830, relativo a las acusaciones contra los funcionarios públicos, disponiendo que el que haya acusado una vez a algún funcionario por excesos o faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones en cuya consecuencia se haya declarado haber o no lugar a formación de causa, no podrá volver a acusarle por otra falta comprendida en el mismo negocio sobre que se vería la acusación, a no ser que haya llegado de nuevo a su noticia y lo jure así. El proyecto contiene otras disposiciones referentes al mismo objeto y propone la derogatoria del artículo 11 de la ley de 16 de enero de 1826 en su última cláusula que dice: ""en los demás grados no habrá este recurso"". Con fecha 23 de junio hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: Presentado en la sesión de hoy el anterior proyecto, fue discutido y aprobado según aparece"

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001030
  • Unidad documental simple
  • 1830-06-22 - 1830-06-23

Título: "Expediente que contiene un proyecto de la Comisión de Justicia de la Asamblea, de fecha 22 de junio de 1830, relativo a las acusaciones contra los funcionarios públicos, disponiendo que el que haya acusado una vez a algún funcionario por excesos o faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones en cuya consecuencia se haya declarado haber o no lugar a formación de causa, no podrá volver a acusarle por otra falta comprendida en el mismo negocio sobre que se vería la acusación, a no ser que haya llegado de nuevo a su noticia y lo jure así. El proyecto contiene otras disposiciones referentes al mismo objeto y propone la derogatoria del artículo 11 de la ley de 16 de enero de 1826 en su última cláusula que dice: ""en los demás grados no habrá este recurso"". Con fecha 23 de junio hay una razón de la Secretaría de la Asamblea que dice: Presentado en la sesión de hoy el anterior proyecto, fue discutido y aprobado según aparece"

Asamblea Legislativa, Congreso

Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Manuel Aguilar, de fecha 1º de abril de 1830, en que hace cargos al Jefe del Estado respecto a asuntos que se relacionan con la recta administración de las rentas públicas. Un extenso informe del Poder Ejecutivo de fecha 8 de mayo siguiente, dando las explicaciones del caso sobre los cargos hechos en la anterior proposición. Una exposición del mismo Poder Ejecutivo a la Asamblea, de fecha 23 de junio siguiente, consultando sobre algunas dudas que le ocurren para que se verifique exactamente la liquidación de la deuda del Estado. Un dictamen de la Comisión de Hacienda fechado el 28 de junio, en que según su criterio, los puntos consultados por el Ejecutivo no dejan lugar a duda, pues se comprende claramente lo que justamente debe hacerse en estos casos, lo cual indica. Al final del expediente hay una razón que dice: En la sesión de hoy, de julio de 1830, se aprobó el anterior dictamen conforme se halla

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001031
  • Unidad documental simple
  • 1830-04-01 - 1830-07-01

Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Manuel Aguilar, de fecha 1º de abril de 1830, en que hace cargos al Jefe del Estado respecto a asuntos que se relacionan con la recta administración de las rentas públicas. Un extenso informe del Poder Ejecutivo de fecha 8 de mayo siguiente, dando las explicaciones del caso sobre los cargos hechos en la anterior proposición. Una exposición del mismo Poder Ejecutivo a la Asamblea, de fecha 23 de junio siguiente, consultando sobre algunas dudas que le ocurren para que se verifique exactamente la liquidación de la deuda del Estado. Un dictamen de la Comisión de Hacienda fechado el 28 de junio, en que según su criterio, los puntos consultados por el Ejecutivo no dejan lugar a duda, pues se comprende claramente lo que justamente debe hacerse en estos casos, lo cual indica. Al final del expediente hay una razón que dice: En la sesión de hoy, de julio de 1830, se aprobó el anterior dictamen conforme se halla

Asamblea Legislativa, Congreso

Decretos sobre instalación del Congreso Constitucional, compra de terreno, renuncia del Vicepresidente Juan Rafael Mora, lista de sufragios electorales, actas de elecciones, Código General sobre testadores a herederos, soberanía, libertad e independencia de Costa Rica, fondos del Barrio San Juan, tratado de Gran Bretaña y Costa Rica, celebración del 15 de setiembre, nombramiento de magistrados, elección de vicepresidente Manuel José Carazo, circulación de la moneda libra esterlina, colores del Pabellón Nacional, construcción del Hospital San Juan de dios, suspensión de sesiones, pensiones, indultos, votos públicos, reforma a la constitución, reglamentos y leyes de la constitución, división de territorio en provincias, cantones y parroquias, división territorial, de distritos parroquiales de Cartago, Alajuela, Guanacaste, Heredia, mercados en la plaza, calles y caminos de la República

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001041
  • item
  • 1848-06-15 - 1848-12-19

Título: Decretos sobre instalación del Congreso Constitucional, compra de terreno, renuncia del Vicepresidente Juan Rafael Mora, lista de sufragios electorales, actas de elecciones, Código General sobre testadores a herederos, soberanía, libertad e independencia de Costa Rica, fondos del Barrio San Juan, tratado de Gran Bretaña y Costa Rica, celebración del 15 de setiembre, nombramiento de magistrados, elección de vicepresidente Manuel José Carazo, circulación de la moneda libra esterlina, colores del Pabellón Nacional, construcción del Hospital San Juan de dios, suspensión de sesiones, pensiones, indultos, votos públicos, reforma a la constitución, reglamentos y leyes de la constitución, división de territorio en provincias, cantones y parroquias, división territorial, de distritos parroquiales de Cartago, Alajuela, Guanacaste, Heredia, mercados en la plaza, calles y caminos de la República

Asamblea Legislativa, Congreso

Reglamento de Policía

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001056
  • Unidad documental simple
  • 1849-07-20 - 1849-10-30

Asamblea Legislativa, Congreso

Comunicaciones. Febrero 22, folio 1, carta enviada por la Corte Suprema de Justicia de la Federación a José Sacasa comunicándole que desde el 10 de diciembre se dio principio a las sesiones y que su presencia en ellas como Fiscal se hace necesaria para la resolución de los asuntos pendientes. Marzo 30, folio 2, José Sacasa comunica a los diputados de la Asamblea de Costa Rica haber recibido comunicación del Ministerio de Relaciones del nombramiento para desempeñar el cargo de Fiscal en la Corte Suprema de Justicia de la Federación y considerando que le es imposible desempeñar los dos cargos, se ve precisado a presentar la renuncia como Presidente de la Corte de Justicia. Julio 1, folio 3, carta enviada de la Secretaria de la Asamblea de una comunicación recibida del Presidente de la Federación para que se controle de la mejor manera la circulación de la moneda falsa pues se considera de gran perjuicio para las relaciones comerciales y las negociaciones en general. Abril 26, folio 4, el Fiscal de la Corte Supr

  • CR AN CR-AN-AH-AL-001111
  • Unidad documental simple
  • 1831-03-30 - 1831-04-29

Título: Comunicaciones. Febrero 22, folio 1, carta enviada por la Corte Suprema de Justicia de la Federación a José Sacasa comunicándole que desde el 10 de diciembre se dio principio a las sesiones y que su presencia en ellas como Fiscal se hace necesaria para la resolución de los asuntos pendientes. Marzo 30, folio 2, José Sacasa comunica a los diputados de la Asamblea de Costa Rica haber recibido comunicación del Ministerio de Relaciones del nombramiento para desempeñar el cargo de Fiscal en la Corte Suprema de Justicia de la Federación y considerando que le es imposible desempeñar los dos cargos, se ve precisado a presentar la renuncia como Presidente de la Corte de Justicia. Julio 1, folio 3, carta enviada de la Secretaria de la Asamblea de una comunicación recibida del Presidente de la Federación para que se controle de la mejor manera la circulación de la moneda falsa pues se considera de gran perjuicio para las relaciones comerciales y las negociaciones en general. Abril 26, folio 4, el Fiscal de la Corte Suprema de Justicia Agustín Gutiérrez, agradece a la Asamblea el voto de confianza que le han enviado con motivo de su separación de ese Tribunal

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