- CR AN CR-AN-AH-PI-002057
- Pièce
- 1816-11-30 - 1830-07-20
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Facsimile del acta de independencia de Centroamérica. Sociedad de Geografía e Historia de Guatemala
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Estatutos y reglamento interior de la Asamblea Provincial
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Título: Rafael Francisco Osejo le comunica a los diputados del Congreso de Costa Rica, que en este día ha recibido oficio del Comandante del itsmo, cuyo original acompaña esta misiva y que sustancialmente trata de: 1: El estado de libertad en que se juzgaba esta provincia respecto del Imperio Mexicano, por haber degenerado las bases constitucionales de éste y no haberse accedido a las condiciones con que Costa Rica prometió su adhesión. 2: Costa Rica quería proclamar el sistema republicano, federándose a la República de Colombia. 3: De lo que está provincia podría obtener de las autoridades Imperiales vecinas, principalmente del Intendente de León, ya que Costa Rica necesita un pronto auxilio de armas contra los enemigos de la libertad. 4: Temor o duda que tenía el Gobierno de la Provincia, de que Colombia admitiere sus votos y Confederación, obstáculo que impedirá o podía detener, la pronunciación de la provincia en los términos dichos
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Nota sin firma sobre la instalación del Consejo Representativo de la Junta Superior Gubernativa
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Ley Fundamental del Estado de Costa Rica. Consta de 14 capítulos con un total de 121 artículos
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Fragmento de una memoria del Poder Ejecutivo dirigida a la Asamblea. Posiblemente de 1823
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Actas de la Junta Gubernativa. Fungiendo en Cartago y San José
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Título: En sesión número 51 de la Junta Gubernativa se acordó 1: pedir informe al Ayuntamiento de Cartago, si es verdad que ha despojado a un vecino de terrenos que le pertenecen. 2: La prueba el flete para conducir el tabaco al puerto de Tortuga a Juan Salas, comisionado al efecto por el Gobierno de Granada y en caso que no estuviese entréguele al presente la orden respectiva de aquel Gobierno. 3: El comisionado debe recibir el tabaco del 8 al 12 de junio próximo. 4: Se estima conveniente que la escolta y cargadores de tabaco lleven armas para apelar cualquier asalto. 5: Las facturas dirán el peso y cuenta del tabaco. 6: Se acordó en que lugar se pagará a los cargados. Para anticipar a la escolta un mes de puesto, al Ministro de la Caja Nacional remitirá 137 pesos. Se subvendrá a los administradores de correos de Cartago que si antes de la salida del último correo, el encargado de Heredia ha rendido las cuentas que se han pedido, suprima aquella dependencia y el correo haga la ruta de San José directo a Alajuela. Folios 69 a 70 vuelto
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Título: En sesión número 120 se acordó: 1: Pedir a los ayuntamientos nombrar un comisionado capaz de inspeccionar la situación, ventaja y lejanía del sitio donde se establecerá el Lazareto. 2: El Presbítero Nicolás Carrillo será el que recoja y cuide los enseres del nuevo piadoso establecimiento. 3: Para mantener la institución de San Juan de Dios, la ciudad de Cartago debe ayudar con 50 pesos, San José, con 40 pesos, lo mismo la villa de Heredia. 4: Se creará la Hermandad compuesta por tres personas para atender la instrucción; además son miembros, los mayordomos nombrados por este gobierno en las ciudades y villas principales y éstos pueden nombrar subalternos en los pueblos anexos a sus partidos. 5: Si algún Lazarino tuviese herederos para mantener, parte de sus bienes pasarán al Lazareto para su mantención, conservándose el superavit a su disposición. 6: Se previene a los ayuntamientos de las poblaciones principales que dentro de quince días presenten la lista de los lazarinos de su jurisdicción, especificando el número de hijos, edad, nombre y estado de dichos enfermos
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La sesión número 106 de la Junta Gubernativa se refiere a la jura al Congreso del Imperio Mexicano
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Alajuela. Sesión Nº 94 de la Junta Gubernativa celebrada en Alajuela el 18 de setiembre de 1822
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Título: En sesión número 121 se acordó: 1: Pedir al ayuntamiento de esta villa permita el traslado de la Junta de Gobierno antes del 21 de diciembre en que debe verificarse, teniendo en cuenta que muchos vocales se han retirado y otros se retirarán porque las casas de muchos de ellos en Cartago quedaron arruinadas con el terremoto del 7 de mayo. 2: Se pague a María de Peralta, Nicolás Carazo y Joaquín Iglesias, el sueldo que les pertenece por servicios prestados del 1 de diciembre al 13 de enero. 3: Comisión al Alcalde Segundo de San José para que siga sumaria contra Juan Evangelista y Andrés Rojas por herir a Nicolás y José Antonio Mora. 4: Que el Ministro de la Caja Nacional forme un estado general de deudas específicando las contraídas en tiempo del actual Gobierno y de las creadas antes de su formación 5: Se previno al Ministro informar cuál era la cantidad de que anualmente disfrutaban los gobiernos de esta provincia
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