- CR AN CR-AN-AH-PREP-CONGOB-ACT-000078-063-035
- Unidad documental simple
- 2016-02-19
Acta de la sesión número 63, Artículo número 2, Acuerdo número 1: dar por conocido en todos sus extremos el informe de investigación preliminar de la Secretaria del Consejo de Gobierno. Y siendo que conforme a la doctrina nacional la denuncia no tiene otro efecto mas que poner en conocimiento de la Administración la comisión de hechos supuestamente irregulares, ilícitos o contrarios al orden público, con el fin de que se ponga en marcha su actividad investigadora o sancionadora, en caso de que a juicio de esta haya mérito para ello, sin que en nuestro ordenamiento jurídico se encuentre disposición alguna que le imponga a la administración la obligación de incoar expediente sancionador a instancia de parte, en el presente caso, ante la falta de mérito en los hechos denunciados, se declara improcedente la denucia interpuesta en contra Carlos Sequeira Lépiz, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Aprendizaje y se ordena su archivo definitivo. Notifiquese este acuerdo al denunciante y a Carlos Sequeira Lépiz
Presidencia de la República
