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Municipal de Ujarrás. Se recibe un oficio de la Junta de Provincia en que comunican la elección de los Diputados a Cortes y de Provincia, siendo los siguientes: para la Cortes el Licenciado José María Zamora como propietario y el Canónigo de la Catedral de Trujillo en el Reino de Perú Juan Diego de Teruel, como suplente. Para la Provincia el Licenciado Rafael Barroeta y el Doctor Pedro Portocarrero como propietarios y José María Ramírez como suplente. Teniendo consideración que de otras partes vienen personas a vender carne, con perjuicio para los que hacen aquí y sin el pago previo de los derechos legales se determina que será prohibido tales ventas, así como las de sal, jabón candelas, algodón, mientras no hay la autorización y el pago correspondientes, que será de dos reales cada diez pesos y así proporcionalmente



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Municipal de Ujarrás. Se recibe un oficio de la Junta de Provincia en que comunican la elección de los Diputados a Cortes y de Provincia, siendo los siguientes: para la Cortes el Licenciado José María Zamora como propietario y el Canónigo de la Catedral de Trujillo en el Reino de Perú Juan Diego de Teruel, como suplente. Para la Provincia el Licenciado Rafael Barroeta y el Doctor Pedro Portocarrero como propietarios y José María Ramírez como suplente. Teniendo consideración que de otras partes vienen personas a vender carne, con perjuicio para los que hacen aquí y sin el pago previo de los derechos legales se determina que será prohibido tales ventas, así como las de sal, jabón candelas, algodón, mientras no hay la autorización y el pago correspondientes, que será de dos reales cada diez pesos y así proporcionalmente

  • CR AN CR-AN-AH-MU-000445
  • Pièce
  • 1820-11-27 - ?

Título: Municipal de Ujarrás. Se recibe un oficio de la Junta de Provincia en que comunican la elección de los Diputados a Cortes y de Provincia, siendo los siguientes: para la Cortes el Licenciado José María Zamora como propietario y el Canónigo de la Catedral de Trujillo en el Reino de Perú Juan Diego de Teruel, como suplente. Para la Provincia el Licenciado Rafael Barroeta y el Doctor Pedro Portocarrero como propietarios y José María Ramírez como suplente. Teniendo consideración que de otras partes vienen personas a vender carne, con perjuicio para los que hacen aquí y sin el pago previo de los derechos legales se determina que será prohibido tales ventas, así como las de sal, jabón candelas, algodón, mientras no hay la autorización y el pago correspondientes, que será de dos reales cada diez pesos y así proporcionalmente

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