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Exposición dirigida a la Comisión Permanente del Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, por el señor Designado en Ejercicio de la Presidencia de la República, licenciado don José Antonio Pinto, acompañada de una nota recibida de la Dirección del Ferrocarril de Costa Rica, relativa a prohibición de venta de licores en Limón. Excepto por los Almacenes de la Empresa de Ferrocarril, y del modo que el Poder Ejecutivo lo juzgue más conveniente. Decreto N° 9, que lleva la sanción del Poder Ejecutivo, prohibiéndose el expendio de licores fuertes, vinos y demás licores fermentados en la Comarca de Limón. con el fin de evita desordenes que ocasíonen perjuicios a los trabajos del Ferrocarril que se está construyendo, y de atender a la salud pública.



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