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Description archivistique
"Proposición presentada por el Poder Ejecutivo al Congreso Constitucional, por el órgano del Secretario de Estado en el Despacho de hacienda y Comercio Francisco Echeverría, a efecto de DEROGAR el artículo 119 del REGLAMENTO DE HACIENda de 30 de julio de 1858. Admitida por la Cámara de Representantes se pasó a la Comisión de Hacienda, la cual dio dictamen favorable, aprobándose en tercer debate en general; se pasó el respectivo proyecto a la Cámara de Senadores y ésta pasó dicho proyecto a la Comisión de Hacienda para dictaminar; en tercer debate se aprobaron los artículos de dicho proyecto, emitiéndose el DECRETO N° 4 de siete y dieciséis de setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, que lleva la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se deroga el artículo 119 del Reglamento de Hacienda de 30 de julio de 1858, referente al impuesto conocido con el nombre de ""ALCABALA INTERIOR"""



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"Proposición presentada por el Poder Ejecutivo al Congreso Constitucional, por el órgano del Secretario de Estado en el Despacho de hacienda y Comercio Francisco Echeverría, a efecto de DEROGAR el artículo 119 del REGLAMENTO DE HACIENda de 30 de julio de 1858. Admitida por la Cámara de Representantes se pasó a la Comisión de Hacienda, la cual dio dictamen favorable, aprobándose en tercer debate en general; se pasó el respectivo proyecto a la Cámara de Senadores y ésta pasó dicho proyecto a la Comisión de Hacienda para dictaminar; en tercer debate se aprobaron los artículos de dicho proyecto, emitiéndose el DECRETO N° 4 de siete y dieciséis de setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, que lleva la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se deroga el artículo 119 del Reglamento de Hacienda de 30 de julio de 1858, referente al impuesto conocido con el nombre de ""ALCABALA INTERIOR"""

  • CR AN CR-AN-AH-AL-008289
  • Pièce
  • 1869-08-26 - 1869-09-27

Título: "Proposición presentada por el Poder Ejecutivo al Congreso Constitucional, por el órgano del Secretario de Estado en el Despacho de hacienda y Comercio Francisco Echeverría, a efecto de DEROGAR el artículo 119 del REGLAMENTO DE HACIENda de 30 de julio de 1858. Admitida por la Cámara de Representantes se pasó a la Comisión de Hacienda, la cual dio dictamen favorable, aprobándose en tercer debate en general; se pasó el respectivo proyecto a la Cámara de Senadores y ésta pasó dicho proyecto a la Comisión de Hacienda para dictaminar; en tercer debate se aprobaron los artículos de dicho proyecto, emitiéndose el DECRETO N° 4 de siete y dieciséis de setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, que lleva la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se deroga el artículo 119 del Reglamento de Hacienda de 30 de julio de 1858, referente al impuesto conocido con el nombre de ""ALCABALA INTERIOR"""

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