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Descripción archivística
Proposición presentada por el diputado Manuel Sandoval a efecto de que se autorice a la Municipalidad de Alajuela para crear Rentas y reducir a dominio particular todos los terrenos que le pertenecen, con excepción de las dos leguas que le concedio la Ley del 30 de setiembre de 1858, y de las pertenecientes a las Villas de Provincia, para el sostenimiento de un Colegio de Segunda Enseñanza dedicado a San Juan Nepomuceno. Admitida, se pasó a la Comisión de Instrucción Pública la que dio dictamen favorable; discutido en general y en detal, se aprobó, emitiéndose el DECRETO N° 5 de veinticuatro de setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, con la sanción del Poder Ejecutivo. Los terrenos se declaran de propiedad del Colegio, quedando en libertad de subvencionarlo con parte de los fondos de propios, y de proceder desde luego a su construcción y a establecerlo aunque sea en edificios particulares mientras tanto.



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Proposición presentada por el diputado Manuel Sandoval a efecto de que se autorice a la Municipalidad de Alajuela para crear Rentas y reducir a dominio particular todos los terrenos que le pertenecen, con excepción de las dos leguas que le concedio la Ley del 30 de setiembre de 1858, y de las pertenecientes a las Villas de Provincia, para el sostenimiento de un Colegio de Segunda Enseñanza dedicado a San Juan Nepomuceno. Admitida, se pasó a la Comisión de Instrucción Pública la que dio dictamen favorable; discutido en general y en detal, se aprobó, emitiéndose el DECRETO N° 5 de veinticuatro de setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, con la sanción del Poder Ejecutivo. Los terrenos se declaran de propiedad del Colegio, quedando en libertad de subvencionarlo con parte de los fondos de propios, y de proceder desde luego a su construcción y a establecerlo aunque sea en edificios particulares mientras tanto.

  • CR AN CR-AN-AH-AL-008298
  • Unidad documental simple
  • 1869-08-20 - 1869-09-27

Título: Proposición presentada por el diputado Manuel Sandoval a efecto de que se autorice a la Municipalidad de Alajuela para crear Rentas y reducir a dominio particular todos los terrenos que le pertenecen, con excepción de las dos leguas que le concedio la Ley del 30 de setiembre de 1858, y de las pertenecientes a las Villas de Provincia, para el sostenimiento de un Colegio de Segunda Enseñanza dedicado a San Juan Nepomuceno. Admitida, se pasó a la Comisión de Instrucción Pública la que dio dictamen favorable; discutido en general y en detal, se aprobó, emitiéndose el DECRETO N° 5 de veinticuatro de setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, con la sanción del Poder Ejecutivo. Los terrenos se declaran de propiedad del Colegio, quedando en libertad de subvencionarlo con parte de los fondos de propios, y de proceder desde luego a su construcción y a establecerlo aunque sea en edificios particulares mientras tanto.

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