Decreto Nº9, emitido por el Congreso, por el cual se dispone que el derecho de recusación está limitado a 2 magistrados en 2ª Instancia y 3ª Añadir al portapapeles CR AN CR-AN-AH-AL-005711 Unidad documental simple 1862-10-23 - ? Asamblea Legislativa, Congreso