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Expediente promovido por varios comerciantes, se suspendan los efectos del Artículo 14 de mayo de 1844, que no permite que salgan antes de las 7 de la mañana ni después de las 5 de la tarde, los bongos y canoas que en el puerto de Puntarenas conducen el café de la playa para los buques. Informes. Aprobado el dictamen



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