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Descripción archivística
Decreto emitido por la Asamblea Constitucional el 15 de agosto, en el cual se dispone que todo propietario cuyo capital exceda de 100 pesos contribuirá, por una sola vez con el 3 de su haber para gastos de la Administración Pública y proveer los almacenes de guerra de los elementos necesarios para contener una invasíón exterior o una sedición interior. Sancionado



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