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Description archivistique
Decreto de la Asamblea Constitucional en que, como medida de seguridad y de orden públicos, se dispone que los poseedores de pólvora están obligados a venderla al Gobierno, o a depositarla en la casa que al efecto se destine, pagando, por bodegaje, dos pesos mensuales por quintal; y faltando al cumplimiento de lo dicho, sea decomisada la pólvora que exista en el Estado y la que se introduzca. El Ejecutivo informó de acuerdo con la sanción. Sancionado



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