Decreto de la Asamblea Constitucional en que se dispone la traslación de la villa de Ujarrás al llano de Santa Lucía, debiendo llevar el nombre de villa de Paraíso, y dicta varias medidas conducente a la ejecución de lo dispuesto. El Consejo lo devolvió sin sanción por cuanto se opone a las leyes federales en lo relativo a los gastos de la traslación y otros consiguientes. No aparece resellado