- CR AN CR-AN-AH-AL-000887
- Item
- 1829-03-11 - 1829-03-16
Título: Expediente que contiene: Una proposición del Diputado Joaquín Rivas, de fecha 11 de marzo de 1829, pidiendo que los nombramientos hechos para Diputados por Electorales de extraña vecindad, no tengan efecto sino en el caso de allanarse el electo El dictamen de la Comisión de Constitución, de fecha 12 del mismo mes, en que de acuerdo con las razones expuestas por el proponente, presenta un proyecto de ley disponiendo que para ser Diputado en lo sucesivo, a más de las circunstancias que exige el Artículo 44 de la Ley Fundamental, se requiere en el electo por lo menos un año de vecindad inmediato a su elección, en cualesquiera de los pueblos de que se componga el Partido que lo elige Su discusión para la sesión siguiente La Comisión presentó en sustitución del artículo de su proyecto, otro redactado así: Ninguno puede ser compelido a ser Diputado a la Asamblea, sin que tenga por lo menos un año de residencia en el Partido que lo elige, Marzo 16 de 1829
Asamblea Legislativa, Congreso