Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado emitido el 12 de mayo de 1828, previniendo que el Tribunal de Cuentas se componga en lo sucesivo de los individuos del Consejo Representativo, quedando abolido el Artículo 2º del Decreto de 6 de septiembre de 1825 El Consejo otorgó su sanción al Decreto arriba mencionado