- CR AN CR-AN-AH-AL-000744
- Unidad documental simple
- 1828-04-09 - 1828-04-23
Título: Proyecto de decreto de la Asamblea Constitucional del Estado emitido el 9 de abril de 1828, mandando construir en Campo Santo en esta ciudad y a su costado al lado de los vientos reinantes una ermita independiente para el efecto de que se lleve a ella los cadáveres tan pronto como esperen, no siendo hora inoportuna; señala los fondos que se dedicarán a dichas construcciones. El Poder Ejecutivo en su informe de 17 del mismo abril observa: que estando mandado por leyes anteriores y consecuente a disposiciones canónicas, se construyan cementerios fuera de las poblaciones y que dichos cementerios deben tener por consiguiente capilla o ermita, disponiendo a la vez de que fondos debe costearse su construcción, el decreto en esta parte no contiene disposición alguna que no sea conforme con las existentes; pero que respecto a la prevención de llevar a la capilla los cadáveres tan luego como espiren, aunque sería medida benéfica, con todo juzga no ser oportuna la perentoriedad conque está concebida, por las razones que en dicho informe expresa el Consejo Representativo devolvió sin sanción el decreto, manifestando en su exposición a la Asamblea de fecha 23 del mes citado, estar en un todo conforme con el dictamen del Poder Ejecutivo, apoyándose en idénticas razones para acordar la devolución del decreto a que se ha hecho referencia
Asamblea Legislativa, Congreso