Comunicación del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional del Estado manifestando que en la nueva forma dada a la administración de correos por la Ley Federal de 13 de abril del corriente año, se dispone que los Gobiernos, autoridades y funcionarios de los Estados satisfagan los portes de correspondencia de oficio sin expresar de dónde; que en tal virtud solicita de la Asamblea se sirva hacer una declaratoria que designe los fondos de que deben satisfacerse dichos portes Dictamen de la Comisión de Hacienda en que opina que los portes de la correspondencia de oficio de los Poderes del Estado y los de la del Jefe Político, Comandante e Intendente los satisfaga la Hacienda del mismo, así como también los portes de la correspondencia particular del Jefe Supremo y sus Ministros