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Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado sancionado por el Consejo, disponiendo el establecimiento de ferias en los días de fiestas cívicas que se establecerán en cada una de las cuatro ciudades principales y el pueblo de Térraba, como también para el 1º de enero en Esparza y el 2 de febrero en Nicoya; y que sus autoridades políticas prepararán edificios en la plaza o ramadas donde no haya buenos, cuidarán del orden y seguridad y promoverán en lo posible las diversiones nocturnas o recreos Informe del Poder Ejecutivo al Consejo manifestando por razones que expone, no estar de acuerdo con el Decreto Al mismo Decreto se acompaña una nota de la Secretaría de la Asamblea a la del Consejo, dando cuenta de haber sido resellado por dos tercios de votos de sus miembros el decreto referido, a pesar de las observaciones del Consejo que lo devolvió sin sanción, y expresando las razones que tuvo la Asamblea para insistir en su emisión



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Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado sancionado por el Consejo, disponiendo el establecimiento de ferias en los días de fiestas cívicas que se establecerán en cada una de las cuatro ciudades principales y el pueblo de Térraba, como también para el 1º de enero en Esparza y el 2 de febrero en Nicoya; y que sus autoridades políticas prepararán edificios en la plaza o ramadas donde no haya buenos, cuidarán del orden y seguridad y promoverán en lo posible las diversiones nocturnas o recreos Informe del Poder Ejecutivo al Consejo manifestando por razones que expone, no estar de acuerdo con el Decreto Al mismo Decreto se acompaña una nota de la Secretaría de la Asamblea a la del Consejo, dando cuenta de haber sido resellado por dos tercios de votos de sus miembros el decreto referido, a pesar de las observaciones del Consejo que lo devolvió sin sanción, y expresando las razones que tuvo la Asamblea para insistir en su emisión

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000495
  • Item
  • 1826-05-11 - 1826-05-26

Título: Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado sancionado por el Consejo, disponiendo el establecimiento de ferias en los días de fiestas cívicas que se establecerán en cada una de las cuatro ciudades principales y el pueblo de Térraba, como también para el 1º de enero en Esparza y el 2 de febrero en Nicoya; y que sus autoridades políticas prepararán edificios en la plaza o ramadas donde no haya buenos, cuidarán del orden y seguridad y promoverán en lo posible las diversiones nocturnas o recreos Informe del Poder Ejecutivo al Consejo manifestando por razones que expone, no estar de acuerdo con el Decreto Al mismo Decreto se acompaña una nota de la Secretaría de la Asamblea a la del Consejo, dando cuenta de haber sido resellado por dos tercios de votos de sus miembros el decreto referido, a pesar de las observaciones del Consejo que lo devolvió sin sanción, y expresando las razones que tuvo la Asamblea para insistir en su emisión

Asamblea Legislativa, Congreso