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Proyecto de Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, disponiendo preparativos para ferias en las poblaciones donde se establecen fiestas cívicas El Consejo devolvió el Decreto sin sanción, observando, que hallándose el comercio, la industria y agricultura del Estado en un estado naciente, lo mismo que lo están nuestras relaciones con los extranjeros, opina, de conformidad con lo expuesto por el Poder Ejecutivo, que por ahora son inoficiosas aquellas medidas por la total falta de elementos para realizar el objeto que el referido decreto se propone; que por otra parte, ignora el Consejo con que fondos se han de hacer los preparativos de edificios o enramadas de que habla el mismo Decreto; y que por todo lo expuesto juzga no tener al presente cabida alguna la Ley a que se ha hecho referencia



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Proyecto de Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, disponiendo preparativos para ferias en las poblaciones donde se establecen fiestas cívicas El Consejo devolvió el Decreto sin sanción, observando, que hallándose el comercio, la industria y agricultura del Estado en un estado naciente, lo mismo que lo están nuestras relaciones con los extranjeros, opina, de conformidad con lo expuesto por el Poder Ejecutivo, que por ahora son inoficiosas aquellas medidas por la total falta de elementos para realizar el objeto que el referido decreto se propone; que por otra parte, ignora el Consejo con que fondos se han de hacer los preparativos de edificios o enramadas de que habla el mismo Decreto; y que por todo lo expuesto juzga no tener al presente cabida alguna la Ley a que se ha hecho referencia

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000469
  • Pièce
  • 1826-05-11 - 1826-05-19

Título: Proyecto de Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, disponiendo preparativos para ferias en las poblaciones donde se establecen fiestas cívicas El Consejo devolvió el Decreto sin sanción, observando, que hallándose el comercio, la industria y agricultura del Estado en un estado naciente, lo mismo que lo están nuestras relaciones con los extranjeros, opina, de conformidad con lo expuesto por el Poder Ejecutivo, que por ahora son inoficiosas aquellas medidas por la total falta de elementos para realizar el objeto que el referido decreto se propone; que por otra parte, ignora el Consejo con que fondos se han de hacer los preparativos de edificios o enramadas de que habla el mismo Decreto; y que por todo lo expuesto juzga no tener al presente cabida alguna la Ley a que se ha hecho referencia

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