A instancia del Administrador provincial de alcabalas de Nicaragua y Costa Rica, el Gobernador intendente de Nicaragua Juan de Ayssa, ordena que los escribanos exhiban sus protocolos a los receptores de alcabalas, cuando éstos lo pidan, y que no hagan escrituras de las que requieren pago de alcabala sin la boleta del receptor en que conste haberse hecho el pago respectivo.