- CR AN CR-AN-AH-AL-000431
- Unidad documental simple
- 1826-01-17 - 1826-01-19
Título: Oficio del Ministerio General a los Secretarios de la Asamblea Constitucional del Estado, en que manifiesta que siendo insignificante la contribución que establece el decreto de 19 del próximo pasado sin el auxilio del reglamento a que debe nivelarse su recaudación, repartimiento, inversión, cuenta y razón, el Jefe del Estado le previene lo indique así a la Asamblea, y aunque en el Artículo 3º, del expresado decreto se previene que proponga el que sea más propio, este paso lo dio desde el 27 de octubre en que representó su conformidad con el que en aquella fecha se acompañó y reiteró en 6 de diciembre Dictamen de la Comisión de Hacienda, en que, juzgando adaptables en este Estado el padrón general y el de contribuyentes, con la Ordenanza sobre recaudación y administración decretados con sus formularios por la Asamblea Nacional Constituyente en 13 de mayo de 1824 y remitidos a la Asamblea del Estado por el Jefe del mismo en 27 de octubre, opina que puede resolverse que el Gobierno se dirija por dichos modelos, desatendiéndose de los artículos y advertencias que no correspondan a las presentes circunstancias, como el 25 y 26 de la colectación
Asamblea Legislativa, Congreso