Affichage de 1 résultats

Description archivistique
Exposición del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional en que, acompañando un plan de arbitrios propuesto por la Municipalidad de Cartago, informa acerca de él, haciendo observaciones al impuesto sobre trucos y billares por ser muy pequeño, atendiendo a que no es ramo de industria sino de lujo, y en cuanto a los impuestos sobre las haciendas que se hallen en tierras baldías, observa que no le parecen convenientes por pertenecer éstas a la Hacienda Pública y estar prevenido que los poseedores sin legítimo título sean obligados a comprarlas. La Municipalidad de Cartago en su plan de arbitrios, establece impuestos sobre los siguientes objetos: por tercio de ropa fina u ordinaria que se expenda en la Plaza o de tierra, por tercio de fierro de 4 y de 8 arrobas, por quintal de acero, por cajón de sombreros, por botija o barril de vino, por tercio de cacao de Matina o de Nicaragua, por los molinos corrientes, por las mesas de ropa los jueves, por tercio de algodón los mismos jueves y por los trucos y billares E



Aperçu avant impression Affichage :

Exposición del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional en que, acompañando un plan de arbitrios propuesto por la Municipalidad de Cartago, informa acerca de él, haciendo observaciones al impuesto sobre trucos y billares por ser muy pequeño, atendiendo a que no es ramo de industria sino de lujo, y en cuanto a los impuestos sobre las haciendas que se hallen en tierras baldías, observa que no le parecen convenientes por pertenecer éstas a la Hacienda Pública y estar prevenido que los poseedores sin legítimo título sean obligados a comprarlas. La Municipalidad de Cartago en su plan de arbitrios, establece impuestos sobre los siguientes objetos: por tercio de ropa fina u ordinaria que se expenda en la Plaza o de tierra, por tercio de fierro de 4 y de 8 arrobas, por quintal de acero, por cajón de sombreros, por botija o barril de vino, por tercio de cacao de Matina o de Nicaragua, por los molinos corrientes, por las mesas de ropa los jueves, por tercio de algodón los mismos jueves y por los trucos y billares E

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000214
  • Pièce
  • 1825-10-05 - 1825-11-01

Título: Exposición del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional en que, acompañando un plan de arbitrios propuesto por la Municipalidad de Cartago, informa acerca de él, haciendo observaciones al impuesto sobre trucos y billares por ser muy pequeño, atendiendo a que no es ramo de industria sino de lujo, y en cuanto a los impuestos sobre las haciendas que se hallen en tierras baldías, observa que no le parecen convenientes por pertenecer éstas a la Hacienda Pública y estar prevenido que los poseedores sin legítimo título sean obligados a comprarlas. La Municipalidad de Cartago en su plan de arbitrios, establece impuestos sobre los siguientes objetos: por tercio de ropa fina u ordinaria que se expenda en la Plaza o de tierra, por tercio de fierro de 4 y de 8 arrobas, por quintal de acero, por cajón de sombreros, por botija o barril de vino, por tercio de cacao de Matina o de Nicaragua, por los molinos corrientes, por las mesas de ropa los jueves, por tercio de algodón los mismos jueves y por los trucos y billares En el plan se agrega que pueden gravarse los hatillos que se hallen en tierras baldías También se impuso gravamen al tercio de palma blanca y negra de sombreros La Comisión de Propios y Arbitrios de la Asamblea, dictaminó en favor del plan propuesto, con algunas modificaciones, proponiendo más bien aumento que disminución en el impuesto, y no admitió el gravamen sobre las haciendas o hatillos

Sans titre