Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, concediendo a los descubridores de caminos, puertos o cualesquiera objetos de industria que reporten beneficio al Estado, premios correspondientes al mérito de sus descubrimientos, y disponiendo que se les indemnice además los costos útiles que hayan hecho de uso público También se premiará a los nuevos empresarios de cualesquiera frutos en el Estado, luego que presenten los primeros que hayan producido sus empresas. Las gracias que este decreto concede, se solicitarán en su caso por medio del Gobierno a la Asamblea, a quien elevará éste las solicitudes con su informe. El Jefe del Estado dio informe del decreto en su favor y el Consejo le dio su sanción
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