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Proposición de Joaquín de Iglesias, Diputado, manifestando que la Constitución del Estado establece la Religión Católica Apostólica Romana, protegiéndola con leyes sabias y justas; que ella es atacada por el mal ejemplo de algunos extranjeros que muestran desprecio al culto público; que en consecuencia solicita se dé una Ley Penal contra los extranjeros que no se sujeten exteriormente a dicho culto público La Comisión de puntos constitucionales emitió dictamen, expresando que sea cual fuere la religión que profesen los extranjeros, deben sujetarse en los actos públicos de culto a las ceremonias de la Iglesia Católica, que así se verifica en otros países católicos y que a su juicio es conveniente dar una ley mandando expresamente que los extranjeros, si entrasen al templo, sea con la circunspección y reverencia que observan los católicos, y lo mismo deben hacer en los actos públicos religiosos, tratándolos en caso contrario como criminales



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Proposición de Joaquín de Iglesias, Diputado, manifestando que la Constitución del Estado establece la Religión Católica Apostólica Romana, protegiéndola con leyes sabias y justas; que ella es atacada por el mal ejemplo de algunos extranjeros que muestran desprecio al culto público; que en consecuencia solicita se dé una Ley Penal contra los extranjeros que no se sujeten exteriormente a dicho culto público La Comisión de puntos constitucionales emitió dictamen, expresando que sea cual fuere la religión que profesen los extranjeros, deben sujetarse en los actos públicos de culto a las ceremonias de la Iglesia Católica, que así se verifica en otros países católicos y que a su juicio es conveniente dar una ley mandando expresamente que los extranjeros, si entrasen al templo, sea con la circunspección y reverencia que observan los católicos, y lo mismo deben hacer en los actos públicos religiosos, tratándolos en caso contrario como criminales

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000210
  • Pièce
  • 1825-09-15 - 1825-09-20

Título: Proposición de Joaquín de Iglesias, Diputado, manifestando que la Constitución del Estado establece la Religión Católica Apostólica Romana, protegiéndola con leyes sabias y justas; que ella es atacada por el mal ejemplo de algunos extranjeros que muestran desprecio al culto público; que en consecuencia solicita se dé una Ley Penal contra los extranjeros que no se sujeten exteriormente a dicho culto público La Comisión de puntos constitucionales emitió dictamen, expresando que sea cual fuere la religión que profesen los extranjeros, deben sujetarse en los actos públicos de culto a las ceremonias de la Iglesia Católica, que así se verifica en otros países católicos y que a su juicio es conveniente dar una ley mandando expresamente que los extranjeros, si entrasen al templo, sea con la circunspección y reverencia que observan los católicos, y lo mismo deben hacer en los actos públicos religiosos, tratándolos en caso contrario como criminales

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