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Description archivistique
Proposición del Diputado Antonio Reyes para que se declare que los ciudadanos sexagenarios están exentos de los cargos públicos, pero no los que a más de tener algunas luces, gozan de un conocido patrimonio aunque estén recién casados. La Comisión de puntos constitucionales manifiesta en su dictamen, que por leyes antiguas está dispuesto que los sexagenarios están exentos de las cargas concejiles y no hay necesidad de repetir esto, y en cuanto a los recién casados, las leyes no hablan ni podrían hablar de excención para los demás empleos correspondientes al nuevos sistema; por tanto cree la Comisión que ni conviene derogar aquellos privilegios, ni es del caso declarar que no están en ellos comprendidos los destinos constitucionales, pues este punto está bastante claro en las disposiciones legales vigentes



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Proposición del Diputado Antonio Reyes para que se declare que los ciudadanos sexagenarios están exentos de los cargos públicos, pero no los que a más de tener algunas luces, gozan de un conocido patrimonio aunque estén recién casados. La Comisión de puntos constitucionales manifiesta en su dictamen, que por leyes antiguas está dispuesto que los sexagenarios están exentos de las cargas concejiles y no hay necesidad de repetir esto, y en cuanto a los recién casados, las leyes no hablan ni podrían hablar de excención para los demás empleos correspondientes al nuevos sistema; por tanto cree la Comisión que ni conviene derogar aquellos privilegios, ni es del caso declarar que no están en ellos comprendidos los destinos constitucionales, pues este punto está bastante claro en las disposiciones legales vigentes

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000175
  • Pièce
  • 1825-06-14 - ?

Título: Proposición del Diputado Antonio Reyes para que se declare que los ciudadanos sexagenarios están exentos de los cargos públicos, pero no los que a más de tener algunas luces, gozan de un conocido patrimonio aunque estén recién casados. La Comisión de puntos constitucionales manifiesta en su dictamen, que por leyes antiguas está dispuesto que los sexagenarios están exentos de las cargas concejiles y no hay necesidad de repetir esto, y en cuanto a los recién casados, las leyes no hablan ni podrían hablar de excención para los demás empleos correspondientes al nuevos sistema; por tanto cree la Comisión que ni conviene derogar aquellos privilegios, ni es del caso declarar que no están en ellos comprendidos los destinos constitucionales, pues este punto está bastante claro en las disposiciones legales vigentes

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