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Exposición del Jefe del Estado al Congreso Constituyente haciéndole presente la necesidad y resolución en que está de enviar una tropa, a modo de cordón sanitario, a la frontera de Nicaragua con el objeto de impedir que a causa de las perturbaciones políticas de aquel Estado se vengan a éste algunos de los individuos complicados en ellas a propagar el germen de la discordia y de la resolución que para llevar a cabo aquella medida es indispensable arbitrar fondos en cantidad de dos mil quinientos pesos, no teniendo las Cajas del Estado ni aún para sus gastos ordinarios La Comisión de Guerra dictaminó que debía aprobarse la medida propuesta por el Jefe del Estado, y que no habiendo caudales con que efectuarla, éste levantará un empréstito voluntario, y de no conseguirlo, lo levantará forzoso entre las personas más pudientes hasta por la cantidad ya indicada, repartiéndolo entre ellas según sus haberes



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Exposición del Jefe del Estado al Congreso Constituyente haciéndole presente la necesidad y resolución en que está de enviar una tropa, a modo de cordón sanitario, a la frontera de Nicaragua con el objeto de impedir que a causa de las perturbaciones políticas de aquel Estado se vengan a éste algunos de los individuos complicados en ellas a propagar el germen de la discordia y de la resolución que para llevar a cabo aquella medida es indispensable arbitrar fondos en cantidad de dos mil quinientos pesos, no teniendo las Cajas del Estado ni aún para sus gastos ordinarios La Comisión de Guerra dictaminó que debía aprobarse la medida propuesta por el Jefe del Estado, y que no habiendo caudales con que efectuarla, éste levantará un empréstito voluntario, y de no conseguirlo, lo levantará forzoso entre las personas más pudientes hasta por la cantidad ya indicada, repartiéndolo entre ellas según sus haberes

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000126
  • Pièce
  • 1825-01-17 - 1825-01-19

Título: Exposición del Jefe del Estado al Congreso Constituyente haciéndole presente la necesidad y resolución en que está de enviar una tropa, a modo de cordón sanitario, a la frontera de Nicaragua con el objeto de impedir que a causa de las perturbaciones políticas de aquel Estado se vengan a éste algunos de los individuos complicados en ellas a propagar el germen de la discordia y de la resolución que para llevar a cabo aquella medida es indispensable arbitrar fondos en cantidad de dos mil quinientos pesos, no teniendo las Cajas del Estado ni aún para sus gastos ordinarios La Comisión de Guerra dictaminó que debía aprobarse la medida propuesta por el Jefe del Estado, y que no habiendo caudales con que efectuarla, éste levantará un empréstito voluntario, y de no conseguirlo, lo levantará forzoso entre las personas más pudientes hasta por la cantidad ya indicada, repartiéndolo entre ellas según sus haberes

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