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Proposición del Diputado Félix Romero, manifestando que por estar ya concluido el proyecto de Constitución, pide que dé preferencia a otros asuntos y se dé el decreto de convocatoria a la Legislatura ordinaria Dictamen y proyecto de ley de la Comisión de Constitución en que se señala el día en que se reunirán en San José los Diputados de la primera legislatura ordinaria y contiene varias disposiciones sobre la manera de practicar las elecciones, las calidades que deben tener los electos, tanto para diputados, como para el Jefes y 2º Jefe del Estado, individuos de la Corte Superior de Justicia y del Consejo El actual Congreso Constituyente no se disolverá hasta que se instale la nueva legislatura Los individuos electos para los otros Supremos Poderes del Estado y los empleados de nombramiento del Gobierno, no podrán ser Diputados



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Proposición del Diputado Félix Romero, manifestando que por estar ya concluido el proyecto de Constitución, pide que dé preferencia a otros asuntos y se dé el decreto de convocatoria a la Legislatura ordinaria Dictamen y proyecto de ley de la Comisión de Constitución en que se señala el día en que se reunirán en San José los Diputados de la primera legislatura ordinaria y contiene varias disposiciones sobre la manera de practicar las elecciones, las calidades que deben tener los electos, tanto para diputados, como para el Jefes y 2º Jefe del Estado, individuos de la Corte Superior de Justicia y del Consejo El actual Congreso Constituyente no se disolverá hasta que se instale la nueva legislatura Los individuos electos para los otros Supremos Poderes del Estado y los empleados de nombramiento del Gobierno, no podrán ser Diputados

  • CR AN CR-AN-AH-AL-000123
  • Item
  • 1825-01-05 - ?

Título: Proposición del Diputado Félix Romero, manifestando que por estar ya concluido el proyecto de Constitución, pide que dé preferencia a otros asuntos y se dé el decreto de convocatoria a la Legislatura ordinaria Dictamen y proyecto de ley de la Comisión de Constitución en que se señala el día en que se reunirán en San José los Diputados de la primera legislatura ordinaria y contiene varias disposiciones sobre la manera de practicar las elecciones, las calidades que deben tener los electos, tanto para diputados, como para el Jefes y 2º Jefe del Estado, individuos de la Corte Superior de Justicia y del Consejo El actual Congreso Constituyente no se disolverá hasta que se instale la nueva legislatura Los individuos electos para los otros Supremos Poderes del Estado y los empleados de nombramiento del Gobierno, no podrán ser Diputados

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