Decreto No 29, por el que se dispone que las pensiones que caduquen conforme a la ley de 18 de Julio de 1902, se prorrogan por el tiempo necesario para que el Congreso las reconsidere, siempre hagan la presentación del caso Añadir al portapapeles CR AN CR-AN-AH-AL-003270 Unidad documental simple 1907-07-03 - 1907-07-11 Asamblea Legislativa, Congreso